INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 1966-12-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**LEY

N° 17.047**

Buenos Aires, 2 de diciembre de 1966

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto

de la Revolución Argentina,

El Presidente de la Nación Argentina,

sanciona y promulga con fuerza de

ley:

Artículo 1°.- Desaféctese del

uso concedido a la Jurisdicción del Consejo Nacional de Protección de

Menores, una franja de 70 metros de ancho de la que resulta una

superficie de 36 HA., 86 a. y 60 ca., perteneciente a fracciones

inscriptas al f° 3-1928, Tomo 13, f° 979-1942, Registro de la

Propiedad, Provincia de Buenos Aires, conforme plano adjunto que forma

parte de la presente ley.

Artículo 2° .- Autorízase al

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.) a realizar los

trabajos destinados a abrir un canal entre la Estación del Ferrocarril

en Otamendi y Paraná de las Palmas.

Artículo 3° .-Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese.

**Onganía.-

Jorge N. Salimei.**

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