COMISION TECNICA
COMISION TECNICA
LEY N° 17.168
ASESORA DE POLITICA SALARIAL. — El Ministerio de Bienestar Social integrará la citada Comisión Técnica.
Buenos Aires, 14 de febrero de 1967.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
El Presidente de la Nación Argentina,
Sanciona y Promulga con fuerza de Ley:
Artículo 1° — La Comisión Técnica Asesora de Política Salarial, creada por la Ley N° 17.131, estará constituida además con un representante del Ministerio de Bienestar Social.
Artículo 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Onganía. — Roberto J. Petracca. — Adalbert Krieger Vasena.
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