COMISION TECNICA
COMISION TECNICA
LEY N° 17.168
ASESORA DE POLITICA SALARIAL. — El Ministerio de Bienestar Social integrará la citada Comisión Técnica.
Buenos Aires, 14 de febrero de 1967.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
El Presidente de la Nación Argentina,
Sanciona y Promulga con fuerza de Ley:
Artículo 1° — La Comisión Técnica Asesora de Política Salarial, creada por la Ley N° 17.131, estará constituida además con un representante del Ministerio de Bienestar Social.
Artículo 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Onganía. — Roberto J. Petracca. — Adalbert Krieger Vasena.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.