PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
LEY N° 1749
Buenos Aires, Noviembre 3 de 1885
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de:
LEY
Art. 1° -
El Presupuesto General de Gastos para la Administracion en el año
económico de 1886, queda fijado en la suma de cuarenta millones,
setecientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y cinco pesos
ochenta y dos centavos ($ 40.788,385 82 m/n.), distribuidos en los
Departamentos siguientes:
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Art. 2° - Los gastos presupuestados en el artículo anterior, serán cubiertos con los siguientes recursos:
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Art. 3° -Las mercaderías y
productos sujetos, segun la Ley de Aduana de 1886, al pago de derechos
de importacion, pagarán además un impuesto adicional de uno por ciento,
(1 %).
Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FRANCISCO B. MADERO
Adolfo J. Labougle,
Secretario del Senado.
RAFAEL RUIZ DE LOS LLANOS.
Juan Ovando,
Secretario interino de la C. de Diputados.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nacion Argentina, cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Registro Nacional.
ROCA.
W. PACHECO.
| FRANCISCO B. MADERO
Adolfo J. Labougle,
Secretario del Senado. | RAFAEL RUIZ DE LOS LLANOS.
Juan Ovando,
Secretario interino de la C. de Diputados. | | --- | --- |
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