TRATADOS INTERNACIONALES
LIMITES FRONTERA ARGENTINO - CHILENA
LEY N° 17.807
**Apruébase la Demarcación comprendida
entre los Hitos 16 y 17, tal como se determinara en el Laudo dictado
por Su Majestad la Reina Isabel el 9/12/66.**
Buenos Aires, 12 de julio de 1968.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
**El Presidente de la Nación Argentina, Sanciona y Promulga con fuerza de
Ley:**
Artículo 1° - Apruébase la demarcación del curso de la frontera
argentino-chilena ejecutada y documentada según lo establecido para el
sector comprendido entre los Hitos 16 y 17, tal como fuera determinado
por el laudo dictado por Su Majestad la reina Isabel II el día 9 de
diciembre de 1966.
Artículo 2° - Apruébanse los valores definitivos de las coordenadas
rectangulares, geográficas y elevaciones (alturas), de cada uno de los
hitos fronterizos colocados en el sector demarcado, conforme a lo
establecido en el Informe del Director de Levantamientos Militares del
Ministerio de Defensa del Reino Unido de Gran Bretaña, cuyos
fundamentos coinciden con los valores obtenidos por la comisión
argentina que intervino en dicha demarcación.
Artículo 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Onganía. - Nicanor E. Costa Méndez.
FRONTERA ARGENTINO-CHILENA: LAUDO DE 1966
INFORME DEL TRABAJO DE LA MISIÓN DEMARCADORA, 1 DE ENERO DE 1967 - 25 DE FEBRERO DE 1967
INDICE (*)
Parágrafo
Tema
Anexos
correspondientes
Indice de anexos PARTE I (*)
PARTE II (*)
GENERALIDADES
1-
Antecedentes de la demarcación
2-
Preparativos
3-
Características del área........................................
A
4-
Tareas de la misión
5-
Personal................................................................
B
6-
Narración...............................................................
C
TAREAS (*)
7-
Emplazamientos de hitos fronterizos....................
D1, D2
8-
Erección de hitos fronterizos.................................
D4
9-
Descripción de hitos fronterizos............................
D3, R1
10-
Trabajo de campo trigonométrico..........................
E, F, M, R2, R3
11-
Trabajo trigonométrico de oficina..........................
G, N, O.
12-
Perfeccionamiento y terminación del mapa...........
D5, P
13-
Descripción de la frontera.....................................
D1
ADMINISTRACION (*)
14-
Alojamientos
15-
Transporte
16-
Helicópteros
17-
Equipo
18-
Comunicaciones
19-
Vinculación con la población local
20-
Precauciones deseguridad
CONCLUSION
21-
Cooperación
(*) Los textos señalados con un asterisco se transcriben a
continuación. Los demás podrán consultarse en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto.
ANEXOS
Parte I
(Copias de los anexos registrados en la Parte I están includios en todas las copias del informe)
A- Diagrama del sector comprendido entre el hito fronterizo 16 y el
hito fronterizo 17. Localización de los hitos fronterizos en los mapas
terminados de las zonas
B- Lista del personal
C- Diario
C1 Diario del progreso del trabajo
C2 Sumario de las fechas de terminación de diversas tareas
D- Descripción de la frontera
D1 Una descripción de la frontera con notas de los hitos fronterizos (*)
D2 Minuta de la erección de los hitos fronterios
D3 Descripción
D4 Técnicas usadas en la erección de los hitos fronterizos
D5 Edición final del mapa 1/50.000 (en el sobre de la contratapa)
E- Métodos técnicos
E1 Instrucciones técnicas
E2 Diversas técnicas usadas en la medición de la tierra
F- Triangulación y diagrama transversal
G- Cálculos
G1 Informe de ajuste de escala
G2 Informe de cálculos de campo
G3 Informe de los cálculos definitivos
G4 Error de cierre de los valores
G5 Valor legal de las coordenadas de los hitos fronterizos
PARTE II
(a los anexos registrados en la Parte II se lesha dado solamente una distribución limitada)
M- Observaciones originales
M1 Distomat
M2 Telurómetro
M3 Angulos
N- Copias anotadas de las observaciones originales
N1 Distomat
N2 Telurómetro
N3 Angulos
O- Cálculos
O1 Cálculo de ajustes deescala
O2 Cálculos de campo realizados por la misión
O3 Cálulos definitivos por el Survey Production Centre, Reino Unido
P- Perfeccionamiento y terminación delmapa
P1 Copia de agregados y supresiones y hoja de campo dentro de la zona de 2 km. (6 copias)
P2 Copia de nombres y hoja de nombres originales parala edición final (4 copias)
P3 Detalle adicional proporcionado por Chile (2 copias)
P4 Instrucciones técnicas de la terminación del mapa
P5 Informe del mapa 1/50.000 publicado por la Corte de Arbitraje
Q- Tareas varias
Q1 Determinación de la divisoria de las aguas en el hito fronterizo L1
Q2 Localización del thalweg en los hitos fronterizos A1 y A2
Q3 Localización del thalweg en los hitos fronterizos Z1 y Z2
R- Descripciones
R1 Fotografías de los hitos fronterizos (aéreas y panorámicas)
R2 Descripciones de los puntos trigonométricos erigidos por la misión demarcadora
R3 Fotografias de los puntos trigonométricos (aéreas y panorámicas)
GENERALIDADES
- Antecedentes para la demarcación
El 9 de diciembre Su Majestad la reina Isabel II dictó un laudo por el
arbitraje de una controversia entre la República Argentina y la
República de Chile concerniente a la línea de la frontera en el sector
comprendido entre los hitos fronterizos 16 y 17.
En el párrafo 1 de este laudo llamado posteriormente "El laudo de 1966"
la línea de frontera fue establecida de la siguiente manera:
"Desde el hito fronterizo 16 en la orilla norte del río Palena, la
frontera deberá cruzar el Palena hacia la boca del río Encuentro
deberá luego seguir el Thalweg del Encuentro hacia el punto A (*) en la
Confluencia- la frontera deberá entonces doblar hacia el este y seguir
el thalweg del Encuentro a lo largo de 16 km. hasta el punto B. La
línea deberá luego doblar hacia el oeste y ascender por un pequeño lago
hacia la divisoria de las aguas del lugar en el punto C. Desde allí
deberá doblar hacia el sur y seguir la divisoria de las aguas del lugar
a lo largo de 2 km. hasta el punto D. La frontera deberá entonces
doblar al oeste y seguir la divisoria de las aguas del lugar a lo largo
de 6 km. hacia el punto E, en los cerros algunas veces conocidos como
el Cordón de los Morros. Doblando hacia el sur deberá seguir la
divisoria de las aguas del lugar a lo largo de 2 km. hasta el punto F.
Deberá entonces doblar hacia el oeste a lo largo de la divisoria de las
aguas del lugar hasta el punto G, en la cima de un cerro al este del
río Engaño. La frontera deberá proseguir por una línea recta hasta el
punto H en un cerro bajo, al oeste del río Engaño y de allí por una
línea recta hasta el punto I, en la divisoria de las aguas al norte del
Cerro de la Virgen. Doblando hacia el sur deberá seguir la divisoria de
las aguas del lugar hasta el punto J en el Cerro de la Virgen. La
frontera deberá entonces seguir la divisoria de las aguas del lugar
hacia el sur hasta la orilla norte del lago General Paz en el hito
fronterizo 17".
Los párrafos 2 a 9 del laudo de 1966 estaban redactados, en los siguientes términos:
"2. Este laudo se ejecutará con la demarcación de la línea fronteriza
en el sector comprendido entre los hitos fronterizos 16 y 17 como está
establecido en el párrafo 1 (arriba) y por cada una de las partes,
considerando aquellos otros pasos que sean necesarios para llevar a
cabo el laudo.
- El Director de Levantamientos Militares del Ministerio de Defensa
del Reino Unido (de aquí en adelante llamado "el Director") está
designado como la autoridad responsable de la realización de la
demarcación de acuerdo con este laudo y algunas ulteriores directivas
que pueden ser dadas por nuestra Secretaría Principal del Estado para
los Asuntos Extranjeros. El Director deberá designar una Misión
Demarcadora para este propósito.
- La Misión Demarcadora deberá estar integrada por:
(i) Un oficial de nuestra fuerza de tierra que deberá estar a cargo de
la Misión y (ii) suboficiales y oficiales no comisionados (cuyo número
no exceda de 3) de nuestras fuerzas de tierra que sean designados por
el Director.
El Director deberá notificar por escrito a los agentes de las partes,
los nombres de todos los oficiales y oficiales no comisionados,
indicando cuál es el oficial a cargo de la Misión.
- Cada una de las partes deberá designar un oficial de enlace para
acompañar la Misión y deberán notificar por escrito al Director el
nombre de su respectivo oficial.
- La lengua oficial de la Misión deberá ser el inglés.
- La Misión deberá -siempre que el clima lo permita- comenzar la
demarcación de la frontera no más tarde del 7 de enero de 1967. Deberá
ordenar su trabajo para completar la demarcación de la frontera durante
el verano 1966-1967 del Hemisferio Sur -si el
clima lo permite-.
- La Misión deberá construir un hito fronterizo en cada punto
mencionado en el párr. 1 de este laudo, o, si no es posible por causa
de accidentes geográficos, lo más cerca posible a aquel punto, dentro
de una distancia no mayor de 300 m. del punto. Si ocurre algún
desplazamiento, la línea de frontera deberá (si es requerido) ser
revisada por el oficial a cargo de la Misión para ver si los hitos
fronterizos están a distancia reglamentaria. Donde no sea posible
erigir el hito en el sitio que le corresponde deberá ser erigido a un
costado de ese sitio. En ese caso una inscripción aclaratoria deberá
ser hecha en el hito fronterizo.
El Director deberá presentar, tan rápido como sea posible una vez
terminada la demarcación, el informe sobre el trabajo de la Misión de
nuestro Gobierno en el Reino Unido.
El arbitraje tuvo lugar por una controversia que se produjo entre las 2
partes por la interpretación y ejecución de un laudo anterior dictado
por Su Majestad el rey Eduardo VII el 20 de noviembre de 1902.
Esta controversia fue presentada para arbitraje al Gobierno del Reino
Unido sujeta al Tratado General de Arbitraje entre la República
Argentina y la República de Chile firmado en Santiago el 28 de mayo de
De acuerdo con ese tratado el Gobierno del Reino Unido determinó
el Acuerdo para el Arbitraje (compromiso) para el 1 de abril de 1965.
En el art. IX de este acuerdo (llamado posteriormente "El compromiso") decía lo siguiente:
"El laudo deberá establecer por quién, en qué forma y el tiempo dentro
del cual deberá ser ejecutado, incluyendo cualquier demarcación, que el
laudo pueda ordenar, y la Corte de Arbitraje no estará en functus
officio hasta que haya aprobado toda demarcación y haya notificado al
gobierno de Su Majestad que en la opinión de la Corte de Arbitraje el
laudo ha sido ejecutado".
De acuerdo con el art. IX del compromiso se hicieron algunos arreglos
técnicos, y administrativos para la demarcación, antes de la
realización del laudo de 1966.
Las instrucciones normales para mí estaban, no obstante, expresadas en
los párrs. 2 a 9 del laudo de 1966 (ver arriba) y también en la carta
AC 1081/145 del Foreign Office del 12 de diciembre de 1966, el texto de
la cual aparece abajo:
Señor, en cumplimiento del párr. 3 del laudo dictado el 9 de diciembre
de 1966 por Su Majestad la reina, por el arbitraje de una controversia
entre la República Argentina y la República de Chile y actuando por la
Secretaría Principal del Estado de Su Majestad para Asuntos
Extranjeros, yo le transmito como Director de Levantamientos
Militares, las siguientes directivas para llevar a cabo la demarcación
de la frontera establecida en el párr. 1 del laudo:
(a) Además de erigir los hitos fronterizos como dice el párr. 8 del
laudo la Misión Demarcadora deberá erigir todos aquellos hitos
fronterizos, que el oficial a cargo de la Misión considere necesarios
para aclarar la demarcación de la línea de frontera indicada en el
párr. 1 del laudo.
Donde no sea posible erigir el hito fronterizo en el lugar preciso, el
hito deberá ser erigido a un costado de ese lugar. En ese caso se
deberá hacer una inscripción conveniente en el hito fronterizo.
Todos los hitos fronterizos deberán ser numerados de sur a norte
empezando por el hito fronterizo 17 de la siguiente manera: VII
2A. VII -2B y así sucesivamente.
Los hitos fronterizos deben coincidir con los detalles del reglamento de la Comisión Mixta de Límites Argentino-Chilena.
De cada hito fronterizo se deberá realizar (i) una minuta de
erección; y (ii) una descripción incluyendo fotografías, de los hitos
fronterizos y de sus alrededores.
La posición de cada hito fronterizo debe estar relacionada con la
triangulación realizada por la Comisión Mixta de Límites
Argentino-Chilena en el plano del Lago General Paz y el Esperoide
Internacional.
Esta medición deberá ejecutarse por métodos trigonométricos al tercer
orden de exactitud. El cálculo provisorio de los resultados deberá ser
ejecutado por la Misión a medida que el trabajo avance y luego deberá
ser verificado por el Director.
El Director deberá, como parte del informe que tiene que presentar,
de acuerdo con lo que dice el párr. 9 del laudo, los siguientes
documentos:
Fotografías aéreas en las cuales esté marcada la ubicación de los
hitos fronterizos 16 y 17 y de todos los hitos fronterizos erigidos por
la Misión.
Una copia del mapa 1/50.000 preparado para los propósitos del
arbitraje después de una medición aérea hecha conforme el art. VI del
Acuerdo de Arbitraje (compromiso) y completado en detalle hasta 2 km. a
ambos lados de la línea de la frontera.
En este mapa deberán estar marcados:
La ubicación de los hitos fronterizos 16 y 17 y todos los hitos
fronterizos erigidos por la Misión.
ii) Nombres de los accidentes geográficos que están dentro de los 5 km. a partir de la frontera.
iii) La línea de frontera.
Una minuta de erección y una descripción de cada hito fronterizo, junto con fotografías del hito y sus alrededores.
Coordenadas geográficas de todos los hitos fronterizos erigidos por la Misión.
Un diagrama mostrando las mediciones tomadas junto con observaciones y cálculos de las mediciones tomadas originalmente.
Un diario del progreso del trabajo.
Al Director de Levantamientos Militares,
Ministerio de Defensa,
Avenida Elmwood,
Feltham Middx,
Yo soy, Señor, Su obediente Servidor,
R. H., G. EDMONDS.
(*) La localización del punto A y los subsiguientes se pueden
ver en fotografías aéreas incorporadas en el informe de la Corte de
Arbitraje.
2 - Preparativos
Los principales preparativos requeridos fueron técnicos y
administrativos. En Lancaster House el 26 de setiembre de 1966 se hizo
una reunión entre los miembros de mi personal y representantes de las 2
partes. En esta reunión se llegó a un acuerdo respecto a todo lo que
necesitaría el personal, alojamiento, transporte, equipos y
provisiones. Se arregló el aprovisionamiento y traslado de estos
artículos antes de empezar la demarcación.
3 - Características del área
La frontera demarcada está entre los hitos fronterizos 16 y 17 los
cuales fueron emplazados por la Misión del Coronel Sir T. Holdich en
1902-3 y tiene alrededor de 65 km. de largo.
Un diagrama del áerea está en el anexo A.
La frontera es en la Patagonia, en las laderas este de los Andes y
su elevación varía entre los 200 y 2000 metros. El campo consiste en
montañas y sierras cortadas por valles empinados y boscosos. Los valles
de la mitad norte están habitados en parte, no así la mitad sur que
está deshabitada. El acceso a la mayoría de las partes sólo es posible
en helicóptero o a caballo.
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