MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Rango Ley
Publicación 1971-05-20
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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Ley 19.038

ESTADO-MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES-DERECHO PROCESAL-

BUENOS AIRES, 14 de mayo de 1971

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del

Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1.- Declárase comprendida a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en la exención de costas a que se refiere el artículo 1 de la ley 18.477, en los recursos que se interpongan en virtud de lo previsto por la ley 18.499.
ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE - Mor Roig

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