TRATADOS INTERNACIONALES

Rango Ley
Publicación 1971-06-25
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

Ley 19.089

CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRIGO.

BUENOS AIRES, 18 de junio de 1971

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del

Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1.- Apruébase el "Convenio sobre el Comercio del Trigo, 1971" y el "Convenio sobre la Ayuda Alimentaria, 1971", comprendidos en el "Convenio Internacional del Trigo, 1971" adoptado en el curso de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo celebrada en la ciudad de Ginebra durante los meses de enero y febrero del año 1971.

NOTA DE REDACCION: ANEXO A NO PUBLICADO.

ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE - de Pablo Pardo

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.