LEY DE MINISTERIOS
LEY N° 19.320
Bs. As., 22/l0/71
EN uso de las atribuciones conferidas por artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1° — Sustitúyese el –artículo 1° de la Ley 18.416, modificada por la Ley 19.064, por el siguiente:
"Artículo 1° — El despacho de. los negocios de la Nación estará a cargo de los Comandantes en Jefe y de los Ministros:
Del Interior
De Relaciones Exteriores y Culto
De Hacienda y Finanzas
De Agricultura y Ganadería
De Industria y Minería
De Comercio
De Trabajo
De Cultura y Educación
De Defensa
De Bienestar Social
De Obras y Servicios Públicos
De Justicia".
Art. 2° — Sustitúyese el artículo 19 de la Ley 18.416, modificada por la Ley 19.064, por los siguientes: -
"Artículo 19. – Compete al Ministerio de Industria y
Minería lo relativo al régimen y fomento de la industria y de la
minería, esta última en todas sus formas, en cuanto no sean atribuidos
por la legislación vigente a los Comandos en Jefe o a otros
Ministerios, y en particular:
Coordinar la elaboración de los planes y
programas dirigidos a concretar los aspectos industriales y de minería
contempla dos en los planes de desarrollo, seguridad y ciencia y
técnica.
- Coordinar, según el orden legal vigente y el
Sistema Nacional de Planeamiento, todo lo atinente a su Ministerio con
los gobiernos provinciales y orientar en el mismo sentido a las
entidades representativas de su ámbito.
Entender en la promoción y organización de
exposiciones. ferias, concursos. publicaciones y demás actividades
tendientes al fomento industrial y de minería en el país. en
coordinación con los organismos competentes.
Intervenir en la fijación de tipos de cambio y en
los regímenes cambiar impositivo y crediticio, en coordinación con los
organismos competentes.
Intervenir en la formulación de propuestas para
la fijación de aforos, tarifas. aranceles aduaneros y precios oficiales
de importación, así como en la adopción de otras medidas de defensa y
promoción de la industria y de la minería, en coordinación con los
organismos competentes.
Participar en materia de tarifas de transporte.
de energía y de combustibles, en coordinación con los Comandos en Jefe
y organismos competentes.
Entender en la reglamentación y fiscalización del
ejercicio de las profesiones directamente vinculadas a las actividades
de los ramos de su competencia.
Promover la formación de profesionales y técnicos
en el área de s competencia, en coordinación con el Ministerio de
Cultura y Educación.
Efectuar y promover las investigaciones
científicas y técnicas y el desarrollo tecnológico en materia de su
competencia, en particular en Lo que sea de interés para el logro de
los objetivos nacionales correspondientes a su ámbito. Coordinar su
acción con los organismos competentes.
Entender en lo relacionado con la promoción y organización de la industria y la minería.
Entender en la fiscalización de los procesos de
elaboración, desde el punto de vista industrial y minero e intervenir
en lo referente a productos alimenticios, coordinando su acción, según
la naturaleza. de los productos, con los Comandos en Jefe y organismos
competentes.
Entender en los asuntos relacionados con
patentes y marcas y en el establecimiento de un régimen que estimule el
des arrollo y aplicación de las investigaciones locales y una po1ítica
adecuada en cuanto a la adquisición de, patentes extranjeras.
Entender en la ejecución de la política de
radicación de industrias y su localización. Coordinar con los
organismos competentes.
Intervenir, con los organismos competentes, en
de la producción industrial con las materias intermedios, bienes d
capital y sus partes y bienes de consumo.
Supervisar las empresas y organismos del Estado a su jurisdicción.
Promover la. incorporación las nuevas
tecnologías, el aumento de la productividad industrial y minera y la
elevación de la calidad de los productos. Establecer, a este último
fin, régimen de control y otorgamiento de certificados, coordinan do su
acción con los organismos competentes.
Intervenir en la migración desde el punto de
vista industria y minero y en el mejoramiento de las condiciones de
vida seguridad y trabajo de los trabajadores industriales y mineros. en
coordinación con os organismos competentes.
Entender en la asistencia técnica a los
productores industriales y mineros y promover la tecnificación, el
equipamiento y la modernización de las empresas.
Intervenir en la ejecución de los estudios,
investigaciones y trabajos técnicos, científicos, económicos.
financieros y comerciales destinadas a la evaluación integral y a
racional aprovechamiento de los recursos minerales del país.
Entender en la elaboración de los mapas
geológico, tecnológico, geoquímico metalogenético y minero de la
Nación, sus cartas básicas y las memorias explicativas. en coordinación
con las provincias y organismos competentes. Participar, a los mismos
fines, en materia de hidrogeología
Entender en los estudios para la organización de
minas canteras experimentales y plantas regionales minero-industriales
y en todo otro estudio destinado al desarrollo y fomento de la minería.
Intervenir en la organización de mi y canteras experimentales y plantas regionales minero-industriales.
Entender en la estructuración, reglamentación y
fiscalización del régimen jurídico minero y catastro minero, en
coordinación con los organismos competentes
Intervenir en la formulación y ejecución de
planes de crédito para la industria y la minería, propiciando su
orientación hacia. la mayor productividad y la integración minero
industrial.
Promover el régimen federal de coordinación da las actividades industriales, mineras y geológicas del país.
Fomentar e intervenir en e desarrollo del
cooperativismo industrial y minero y participar en su fiscalización, en
coordinación con los organismos correspondientes.
Promover e intervenir en los estudios, proyectos
y obras de infraestructura industrial y minera. en coordinación con los
organismos competentes
Entender en la actualización del estado de
abastecimiento de materias primas para la industria nacional, mediante
un adecuado relevamiento censal y estadístico a los efectos de procurar
el mantenimiento de existencias que garanticen un adecuado marco de
seguridad, en coordinación con los organismos competentes.
Establecer y otorgar premios, becas menciones
honoríficas y demás estímulos a la investigación y perfeccionamiento de
la industria y la minería.
Promover e establecimiento de zonas de reservas, por períodos limitados,
"Artículo 19 bis — Compete al Ministerio de Comercio
lo relativo al abastecimiento y al régimen y fomento del comercio
exterior e interior, en cuanto no sean atribuidos por la legislación
vigente a los Comandos en Jefe o a otros Ministerios y en particular:
Coordinar la elaboración de los planes y
programas dirigidos a concretar los aspectos comerciales contemplados
en los planes de desarrollo, seguridad y ciencia y técnica.
Coordinar, según el orden legal vigente y el.
Sistema Nacional de Planeamiento, todo lo atinente a su Ministerio con
los gobiernos provinciales y orientar en el mismo sentido a las
entidades representativas de su ámbito.
Entender en la promoción y organización de
exposiciones, ferias, concursos, publicaciones’ y demás actividades
tendientes al fomento del comercio en el país y en el exterior, en
coordinación, con los organismos competentes.
Intervenir en los regímenes cambiario impositivo
y crediticio y en la fijación de tipos de cambios, en coordinación con
los organismos, competentes.
Entender en las propuestas para la fijación de
reintegros, draw-back, retenciones y derechos de exportación, aforos,
ta rifas, aranceles aduaneros, precios de exportación e importación y
en todo otro mecanismo de promoción y regulación de las exportaciones y
de las importaciones, en coordinación con los organismos competentes.
Participar en la determinación de las tarifas de
transporte. energía y combustibles, en. coordinación con los Comandos
en Jefe y organismos competentes
Entender en la fiscalización de los procesos de
comercialización e intervenir en lo referente a productos alimenticios.
Coordinar su acción según la naturaleza de los productos, con los
Comandos en Jefe y Ministerios correspondientes.
Entender en la ejecución de la política de
ordenamiento y perfeccionamiento de las estructuras comerciales y en la
relacionada con la fiscalización de las operaciones comerciales en el
mercado interno necesarias para asegurar el abastecimiento. Coordinar
su acción según la naturaleza de los productos, con los Comandos en
Jefe y Ministerios competentes.
Entender en los asuntos concernientes a pesas y medidas.
Entender en los asuntos concernientes a la
identificación comercial de mercaderías. Coordinar su acción, según la
naturaleza de los productos, con los Ministerios competentes
Intervenir en lo referente a las bases de los
precios de los artículos de abasto. Coordinar según la naturaleza de
los productos con los Comandos en Jefe y Ministerios competentes.
Entender en el proyecto y aplicación de las
normas que rigen el ordenamiento comercial interno, en coordinación con
las provincias y organismos competentes.
Participar en la unificación de las normas sobre
tipificación de mercaderías normalización de envases, en coordinación
con los organismos competentes
Participar en el desarrollo y fomento del cooperativismo comercial en coordinación con los organismos competes
Participar en los estudios, proyectos y obras de
infraestuctura que tengan incidencia sobre centros comerciales, en
coordinación con los organismos competentes.
Mantener actualizada la información del. mercado
comercial mediante un adecuado relevamiento censal y estadístico del
comercio interno, en coordinación con los organismos competentes.
Entender en la promoción de las estructura y sistemas de comercialización.
Intervenir en la racionalización de los proceso de comercialización de los bienes económicos, en el mercado interno.
Entender en la apuración de las medidas conducentes a la represión de monopolios y truts, en el ámbito administrativo.
Entender en la realización de estudios de los
mercados externos, a los fines de una mejor diversificación del
intercambio y del análisis de las condiciones de acceso a los mercados
exteriores en coordinación con los organismos competentes.
Entender en el funcionamiento del Servicio
Económico Comercial Exterior, coordinando su acción con el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, en lo referente a las delegaciones en
el exterior.
Intervenir en la programación de 1a actividad a
desarrollar en el exterior por todas las representaciones de organismos
oficiales que actúen en el área del comercio exterior, coordinando su
acción con los organismos competentes.
Entender en la realización y fiscalización de
las adquisiciones y ventas en el mercado externo, cuando existan
razones de defensa de la producción u otras de interés general, de
acuerdo con la política establecida. Coordinar su acción con el
Ministerio de Hacienda y Finanzas y con los Comandos en Jefe y
organismos competentes, según la naturaleza de los productos.
Entender en e] asesoramiento y promoción de la
actividad exportadora; establecer y otorgar premios, menciones
honoríficas y demás estímulos a las exportaciones y publicar
informaciones sobre comercio exterior.
Entender en todo lo relativo al seguro de crédito a la exportación.
Intervenir en el otorgamiento de los
certificados de calidad para la exportación. Coordinar su acción, según
la naturaleza de los productos con los Comandos en Jefe y organismos
competentes.
Entender en el otorgamiento de certificados de origen de productos para la exportación.
Intervenir en la elaboración de los objetivos,
políticas y estrategias vinculadas con el comercio exterior de la
Nación, con la diversificación de los mercados externos y de los
productos de exportación y con el nivel y estructura de las
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