FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Rango Ley
Publicación 1972-06-02
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 3

SE RECONOCE COMO EXPLORADORES DEL POLO SUR AL PERSONAL INTEGRANTE DE UNA OPERACION.

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FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Se reconoce como "Exploradores del Polo Sur" al personal integrante de una operación.

LEY N° 19.659

Bs. As. 26/5/72.

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION

ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA

CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1° - Institúyese

el título de "Exploradores del Polo Sur" y otórguese el mismo, al

personal militar en actividad, en situación de retiro o fallecido

integrante de la "Operación 90" (Exploración Terrestre al Polo Sur), a

saber:

1.- Personal Superior:

2.
  • Personal Subalterno:

Art. 2º - Inclúyase al personal

mencionado en el artículo 1º de la presente ley, dentro de los

beneficios otorgados por el artículo 104 de la Ley N° 19.101 (Ley para

el Personal Militar).

Art. 3º - Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese en el Ministerio de Defensa.

LANUSSE

Eduardo E. Aguirre Obarrio

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