TELECOMUNICACIONES

Rango Ley
Publicación 1973-12-20
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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TELEVISION

Ley N° 20.577

Considérese de interés nacional toda innovación en esta materia.

Sancionada: Noviembre 28 de 1973.

Promulgada: Diciembre 14 de 1973.

POR CUANTO:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° - Considérese de

interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de

sistemas de transmisión de imágenes televisivas en todo el territorio

de la República.

ARTICULO 2° -El tipo de

innovación a que hace referencia el artículo 1° deberá ser aprobada por

ley del Congreso Nacional previo estudio de sus características

técnicas y consecuencias económico-sociales.

ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a

los veintiocho días del mes de noviembre del año mil novecientos

setenta y tres.

JOSE A. ALLENDE A. LASTIRI

A. H. I. Cantoni A. L. Rocamora

- Registrada bajo el N° 20.577 -

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