ESTADO DE SITIO

Rango Ley
Publicación 1854-12-02
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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Estado de sitio en la provincia de Corrientes.

Ley Nº21

Paraná, 20 de diciembre de 1854.

El Senado y Cámara de Diputados sancionan con fuerza de

Ley:

Art. 1° Apruébase el decreto expedido por el Poder Ejecutivo con fecha 1° de setiembre último, declarando en estado de sitio la provincía de Corrientes.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de sesiones del Senado en el Paraná, capital provisoria de la Confederación Argentina a dos de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro.

SALVADOR MARIA DEL CARRIL Cárlos M.

Saravia.--Secretario.

Ministerio del Interior

Paranà, Diciembre 4 de 1854

Cúmplase, publíquese y dése al Registro Nacíonal.

URQUIZA

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