FUERZAS ARMADAS

Rango Ley
Publicación 1976-09-10
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

MODIFICACION PARCIAL DEL TEXTO ORDENADO POR LEY N° 20.355.

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FUERZAS ARMADAS

LEY N° 21.404

**Instituto de Ayuda Financiera para

Pago de Retiros y Pensiones Militares. Modificación parcial del texto

ordenado por Ley N° 20.355.**

Buenos Aires, 3 de setiembre de 1976

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Reemplázase el

vocablo "deberá", usado en el párrafo segundo del artículo 60 del texto

ordenado por Ley N° 20.355 (Decreto-Ley N° 6715/63 - Ley N° 16.478,

modificado por Ley N° 19.909), por el término "podrá".

ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

José M. Klix.

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