EMPRESAS DEL ESTADO

Rango Ley
Publicación 1976-11-11
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 4

EXCEPTUASE DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 18.875 LA CONTRATACION DE INGENIEROS CONSULTORES SELECCIONADOS POR GAS DEL ESTADO A TRAVES DE UN CONCURSO INTERNACIONAL DE FIRMAS EXTRANJERAS ESPECIALIZADAS, CON EL OBJETO DE ASISTIR A DICHA EMPRESA ESTATAL EN LOS ASPECTOS TECNICOS DE LA CONTRATACION, SUPERVISION Y COORDINACION DE LA OBRA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 2º.

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EMPRESAS DEL ESTADO

Ley N° 21.455

Gas del Estado.

**Excepciones a las disposisciones de la

Ley N° 18.875 para la contratación de consultores seleccionados a

través de un concurso internacional.**

Buenos Aires, 5 de noviembre de 1976.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Exceptúase de las

disposiciones de la Ley N° 18.875 la contratación de ingenieros

consultores seleccionados por Gas del Estado a través de un concurso

internacional de firmas extranjeras especializadas, con el objeto de

asistir a dicha Empresa Estatal en los aspectos técnicos de la

contratación, supervisión y coordinación de la obra a que se refiere el

artículo 2º.

ARTICULO 2º - Exceptúase de las

disposiciones de la Ley N° 18.875 la contratación de la construcción

del tramo submarino de la obra denominada "Extensión del Gasoducto

Austral", a realizarse por Gas del Estado con una firma especializada

del exterior, seleccionada en licitación pública internacional.

ARTICULO 3º - Exímese del pago

de derechos de importación, aranceles consulares y todo otro gravamen

específicamente aplicable a las importaciones destinadas a la

construcción de la obra referida en el artículo 2º.

ARTICULO 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.

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