PERSONAL MILITAR

Rango Ley
Publicación 2006-09-11
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

AUTORIZASE LA ACEPTACION DE LOS HONORES CONFERIDOS POR GOBIERNOS EXTRANJEROS, QUE SE DETALLAN EN LA PRESENTE.

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Ley 21.880

Bs. As., 19/9/1978

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Autorízase la aceptación de los honores conferidos por gobiernos extranjeros, que se detallan a continuación a:

ARTICULO 2º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Firmas

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