ORGANISMOS DEL ESTADO

Rango Ley
Publicación 1979-01-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ORGANISMOS DEL ESTADO

LEY Nº 21.919

Instituto Nacional de Prevención Sísmica. Autorízase a adjudicar y transferir viviendas.

Buenos Aires, 4 de enero de 1979.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto

para el Proceso de Reorganización Nacional;

EL PRESIDENTE DE LA NACION

ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º -Autorízase

al Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) a adjudicar y

transferir las viviendas construídas por el ex-Consejo Nacional de

Construcciones Antisísmicas y de Reconstrucción de San Juan y su

antecesor, el ex-Consejo de Reconstrucción San Juan, que le fueran

transferidas por Ley Nº 20.105 modificatoria del artículo 12 de la Ley

Nº 19.616, a quienes las detenten sin conocimiento ni control suyos, si

acreditan sumariamente y por declaración jurada de éstos y su grupo

conviviente, encontrarse ajustados a los requisitos exigidos por las

disposiciones legales que rigen la materia.

ARTICULO 2º -Los

actuales ocupantes de viviendas que, por el procedimiento establecido

en el artículo 1º, no probaren hallarse encuadrados en las condiciones

fijadas para convertirse en adjudicatarios de las mismas, serán

desalojados por el INPRES con arreglo a las disposiciones vigentes en

la materia.

ARTICULO 3º -Deróganse el artículo 5º del Decreto-Ley Nº 4.493/57 y el artículo 5º de la Ley Nº 16.465.

ARTICULO 4º -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

José A. Martínez de Hoz

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