SALARIOS

Rango Ley
Publicación 1979-09-10
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

FIJANSE NUEVAS REMUNERACIONES A LOS MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.

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SALARIOS

LEY Nº 22.063

Fíjanse nuevas remuneraciones a los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación.

Buenos Aires 3 de setiembre de 1979

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 5º del Estatuto

para el Proceso de Reorganización Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º— Sustitúyese a partir del 1º de setiembre de 1979 los

Anexos I, II y III de la Ley Nº 21.996, por los adjuntos a la presente

ley que forman parte integrante de la misma.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.

Alberto Rodríguez Varela.

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ANEXO I

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**ANEXO

II**

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**ANEXO

III**

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