TRATADOS INTERNACIONALES

Rango Ley
Publicación 1979-12-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ACUERDOS INTERNACIONALES

LEY N° 22.120

Apruébase un Acuerdo por Canje de Notas entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Bolivia.

Buenos Aires, 12 de diciembre de 1979.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° - Apruébase el

acuerdo por canje de notas entre el Gobierno de la República Argentina

y el Gobierno de la República de Bolivia para la continuación de las

obras de la construcción del Ferrocarril Santa Cruz de la

Sierra-Trinidad, firmado en la ciudad de La Paz, Bolivia, el día 4 de

junio de 1979, cuyo texto en copia autenticada se agrega a la presente

Ley.

ARTICULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.

Carlos W. Pastor.

Albano E. Harguindeguy.

"Año del Centenario del Litoral Cautivo"

REPUBLICA DE BOLIVIA

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto

DGPE/AL/Nº 544

Excelentísimo señor My. Brigadier D. Aly Luis Ipres Corbat, Embajador

Extraordinario y Pleniplotenciario de la República Argentina,

Presente.

La Paz, 4 de junio de 1979

Excelentísmo señor Embajador:

Tengo el honor de acusar recibo de la atenta nota de Vuestra Excelencia, de esta misma fecha, que a la letra dice:

" A. S. E., el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Don Jorge Escobari Cusicanqui.

La Paz, 4 de junio de 1979.

Señor Ministro: Tengo el honor de referirme a los trabajos de

construcción del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra-Trinidad (punto

navegable sobre el río Mamoré), obra a la que nuestros Gobiernos

asignan preferente atención, en virtud de la importancia que la misma

representa para el desarrollo del oriente boliviano y la

complementación económica entre ambos países. Teniendo en cuenta que

los trabajos correspondientes al segundo sector del Ferrocarril fueron

ejecutados y entregados formalmente al Gobierno de la República de

Bolivia y en el espíritu de los acuerdos adoptados en el protocolo

complementario 1 de noviembre de 1967 y en las notas reversales del 16

de marzo de 1976, tengo a honra proponer al Gobierno de V. E. lo

siguiente:

1) Aprobar el presupuesto de obras para el Tercer Sector Yapacaní - Río

Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra-Trinidad (punto

navegable sobre el río Mamoré) por la suma de dólares 27.483.051 que se

invertirán en su ejecución en un plazo de tres (3) años a partir de

enero de 1980.

2) El Gobierno de la República Argentina adelantará a la Comisión Mixta

Ferroviaria Argentino - Boliviana, la suma de 400.000 dólares para

cubrir el costo de las tareas que deben ejecutarse en lo que resta de

1979, dirigidas a:

a)

Preparar la documentación técnica respectiva para la licitación y

posterior adjudicación de las obras comprendidas en el Tercer Sector

Yapacaní - Río Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra -

Trinidad.

b)

Determinar el estado de los trabajos realizados y elaborar un

presupuesto de obras pendientes de ejecución para el tramo ferroviario

Tarabuco - Zudáñez, del ramal Sucre-Boyuibe, de acuerdo a lo convenido

en el acta suscripta en la ciudad de Buenos Aires, por la Comisión

Argentino - Boliviana de Integración Física, con fecha 27 de abril de

1979.

Esta nota y la respuesta de V. E. del mismo tenor y fecha constituirán un acuerdo formal entre ambos Gobiernos.

Sin otro particular saludo a V. E. con mi más alta y distinguida consideración."

Fdo.: My. Brigadier Aly Luis Ipres Corbat. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Argentina.

Al respecto, me es grato comunicar a Vuestra Excelencia la conformidad

del Gobierno de Bolivia con los términos conocidos en la nota

precedentemente transcripta.

Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

EMBAJADA DE LA REPUBLICA ARGENTINA

La Paz, 4 de junio de 1979

A S. E. el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Don Jorge Escobari Cusicanqui,

La Paz

Señor Ministro:

Tengo el honor de referirme a los trabajos de construcción del

Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra - Trinidad (punto navegable sobre

el río Mamoré), obra a la que nuestros Gobiernos asignan preferente

atención, en virtud de la importancia que la misma representa para el

desarrollo del oriente boliviano y la complementación económica entre

ambos países.

Teniendo en cuenta que los trabajos correspondientes al segundo sector

del Ferrocarril fueron ejecutados y entregados formalmente al Gobierno

de la República de Bolivia y en el espíritu de los acuerdos adoptados

en el protocolo complementario del 1 de noviembre de 1967 y en las

notas reversales del 16 de marzo de 1976, tengo a honra proponer al

Gobierno de V. E. lo siguiente:

1) Aprobar el presupuesto de obras para el Tercer Sector Yapacaní - Río

Grande, del Ferrocarril Santa Curz de la Sierra - Trinidad (punto

navegable sobre el río Mamoré) por la suma de 27.483.051 dólares que se

invertirán en su ejecución en un plazo de tres (3) años a partir de

enero de 1980.

2) El Gobierno de la República Argentina adelantará a la Comisión Mixta

Ferroviaria Argentino - Boliviana, la suma de 400.000 dólares para

cubrir el costo de las tareas que deben ejecutarse en lo que resta de

1979, dirigidas a:

a)

Preparar la documentación técnica respectiva para la licitación y

posterior adjudicación de las obras comprendidas en el Tercer Sector

Yapacani - Río Grande, del Ferrocarril Santa Cruz de la Sierra -

Trinidad.

b)

Determinar el estado de los trabajos realizados y elaborar un

presupuesto de obras pendientes de ejecución para el tramo ferroviario

Tarabuco - Zudáñez, del ramal Sucre - Boyuibe, de acuerdo a lo

convenido en el acta suscripta en la ciudad de Buenos Aires, por la

Comisión Argentino - Boliviana de Integración Física, con fecha 27 de

abril de 1979.

Esta nota y la respuesta de V. E. del mismo tenor y fecha constituirán un acuerdo formal entre ambos Gobiernos.

Sin otro particular saludo a V. E. con mi más alta y distinguida consideración.

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