CULTO

Rango Ley
Publicación 1980-02-25
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

CULTO

Ley Nº 22.162

**Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional

a otorgar una asignación mensual para el sostenimiento del culto

Católico Apostólico Romano a curas párrocos o vicarios ecónomos de

parroquias situadas en Zonas de Frontera.**

Buenos Aires, 13 de Febrero de 1980.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto

para el Proceso de Reorganización Nacional,

**EL PRESIDENTE DE LA NACION

ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE**

LEY:

ARTICULO 1º - Facúltase

al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar a los curas párrocos o vicarios

ecónomos de parroquias situadas en Zonas de Frontera, determinadas de

acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 18.575, o de aquéllas ubicadas

en otras zonas que, por sus características, también requieran la

promoción de su desarrollo, una asignación mensual, para el

sostenimiento del culto Católico Apostólico Romano, equivalente a la

que corresponda a la categoría 16 del Escalafón del Personal Civil de

la Administración Pública Nacional.

ARTICULO 2º -La asignación prevista será otorgada a propuesta del respectivo Diocesano y encauzada a través del mismo.

ARTICULO 3º - El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de Rentas Generales.

ARTICULO 4º -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

Albano E. Harguindeguy.

José A. Martínez de Hoz.

David R. H. de la Riva.

Carlos W. Pastor.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.