PODER JUDICIAL DE LA NACION

Rango Ley
Publicación 1980-09-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**PODER

JUDICIAL DE LA NACION**

LEY N° 22.284

**Fíjanse nuevas remuneraciones a los

magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación,

a partir del 1° de setiembre de 1980.**

Buenos Aires, 12 de setiembre de 1980.

En uso de las atribuciones conferidos por el artículo 5° del Estatuto

para el Proceso de Reorganización Nacional,

El PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° — Sustitúyense a

partir del 1° de setiembre de 1980 los Anexos I, II y III de la Ley N°

22.222, por los adjuntos a la presente ley que forman parte integrante

de la misma.

Art. 2°— Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.

Alberto Rodríguez Varela.

**Personal del Poder Judicial de la

Nación**

ANEXO I

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ANEXO II

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**ANEXO

III**

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