DONACIONES
DONACIONES
LEY N° 22.349
Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a donar una fracción de terreno a la Provincia de Tucumán.
Bs. As., 05/12/80
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto
para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º- Autorízase al
Poder Ejecutivo Nacional a donar a la Provincia de Tucumán, una
fracción de terreno de once mil seiscientos cincuenta y siete metros
cuadrados (11.657 m2), que es parte de una mayor superficie,
actualmente afectada a la Subestación Experimental Agropecuaria del
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, ubicada en el Primer
Distrito del Departamento de Leales de la citada Provincia, cuyos datos
carastrales son los siguientes: Circunscripción L Sección E, Manzana
147, Parcela 434; y cuyas medidas y linderos se consignan en el plano
de mensura y subdivisión que, como anexo, forma parte de la presente
ley, destinándose la misma al funcionamiento de la Escuela Provincial
"El Centenario".
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
VIDELA
José A. Martínez de Hoz.
Albano E. Harguindegay
Nota: Esta Ley se publica sin Anexos.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.