INMUEBLES
INMUEBLES
LEY N° 22.381
**Facúltase al Poder Ejecutivo a
restituir a la Provincia de Santiago del Estero, un inmueble que fuera
donado a favor del Estado Nacional por Ley N° 1.281.**
Buenos Aires, 19 de enero de 1981.
En uso de las atribuciones, conferidas por el Artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1° —Facúltase al Poder Ejecutivo a restituir a la Provincia
de Santiago del Estero, la Manzana de terreno N° 1, ubicada en la
Sección El Alto de la localidad de Las Termas de Río Hondo
oportunamente donada a favor de la Policía Federal Argentina por Ley
Provincial N° 1281 del 7 de agosto de 1984.
ARTICULO 2°— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
José A. Martínez de Hoz.
Albano E. Harguindeguy.
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