LIBROS

Rango Ley
Publicación 1981-02-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

LIBROS

Establécese con carácter obligatorio el uso del sistema I.S.B.N. (International Standard Book Number) para la identificación de libros editados en nuestro país.

LEY N° 22.399

Buenos Aires 11 de febrero de 1981

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1. - Todo libro

editado en la República Argentina deberá llevar impreso el número del

Sistema Internacional Normalizado para Libros (I.S.B.N. - Internacional

Standard Book Number). A los efectos de la presente Ley se entenderá

por libro lo determinado en el artículo 21, inciso a) de la Ley 20.380.

ARTICULO 2. - La identificación

que establece el sistema adoptado por la presente Ley será obligatoria

para los libros que se editen a partir de los CIENTO VEINTE (120) días

de su publicación. Los editados con anterioridad a esa fecha, podrán

incluirse en el sistema, en forma voluntaria.

ARTICULO 3. - La asignación del

I.S.B.N. estará a cargo del Ministerio de Cultura y Educación, a través

de la Secretaría de Estado de Cultura, quien establecerá en el plazo de

NOVENTA (90) días los requisitos formales y organizará los servicios

técnicos y administrativos correspondientes.

ARTICULO 4. - La Dirección

Nacional del Derecho de Autor requerirá la constancia de la asignación

del número I.S.B.N. a todo editor que solicite registro de contrato,

según lo prescripto por la Ley 11.723.

ARTICULO 5. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA

Juan R. Llerena Amadeo

José A. Martínez de Hoz

Alberto Rodriguez Varela

Carlos W. Pastor.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.