SERVICIO EXTERIOR
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LEY N° 22.412
**Autorízase a un funcionario a revistar
en disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación.**
Buenos Aires, 27 de febrero de 1981.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1° — El señor
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Washington Alejandro
José Luis Orfila, a partir del 18 de julio de 1980 revistará en
situación de disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación,
mientras desempeñe funciones en la Organización de los Estados
Americanos.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
Carlos W. Pastor.
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