ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
LEY N° 22.482
**Se autoriza al citado organismo a
liquidar el reembolso fijado por Resolución M.E. N° 567/78.**
Buenos Aires, 12 de agosto de 1981
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1°— Autorízase a la
Administración Nacional de Aduanas a liquidar el reembolso fijado por
Resolución M.E. N° 567/78 a la firma Igarreta S.A.C.I., por la
exportación al Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sud de una (1) pick-up, marca Dodge D.200W, chasis
N° 5N2100251F, motor N° 52B00638, adquirida por la Armada Argentina.
ARTICULO 2°— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIOLA.
Lorenzo J. Sigaut.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.