TRANSFERENCIAS

Rango Ley
Publicación 1981-10-08
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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TRANSFERENCIAS

LEY N° 22.503

**Se transfiere con carácter definitivo

y sin cargo diverso material de Artillería con destino al Ejército de

la República de Bolivia.**

Buenos Aires, 5 de octubre de 1981.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° — Facúltase al

Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Defensa (Comando en

Jefe del Ejército) a transferir con carácter definitivo y sin cargo a

la República de Bolivia con destino al Ejército de ese país, el

siguiente material de Artillería:

—Seis (6) cañones Bofors cal. 75 mm L40 motorizado NI 11, 34, 35, 41, 43 y 172 respectivamente.

—Dos mil (2.000) tiros completos cal. 75 mm L40.

—Elementos de dirección del fuego y topografía correspondientes a una batería de Artillería.

—Reglamentos y talas de tiro, para la programación y dirección del fuego de la batería y el Grupo.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIOLA.

Norberto M. Couto.

Oscar H. Camilión.

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