← Texto vigente · Historial

DONACIONES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DONACIONES

LEY N° 22.518

**Se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a donar al Centro Naval dos

parcelas ubicadas en el Partido de Vicente López, Provincia de Buenos

Aires.**

Buenos Aires, 11 de diciembre de 1981

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

El Ministro del Interior en Ejercicio del Poder Ejecutivo Nacional Sanciona y Promulga con Fuerza de

Ley:

ARTICULO 1°— Facúltase al

Poder, Ejecutivo Nacional a donar al Centro Naval las Parcelas dos (2)

y tres (3) de la Fracción III, Sección C, Circunscripción II, según

designación del Plano de Mensura 110-202-81, con todo lo plantado y

adherido al suelo, ubicadas en el Partido de Vicente López, Provincia

de Buenos: Aires.

Son sus superficies y linderos:

Parcela dos (2): Afecta la forma de un polígono irregular con una

superficie de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y un metros

cuadrados con noventa y cinco decímetros cuadrados (45.431,95 m2) y

Tiene por linderos: Al Norte La Parcela uno (1) y el Río de la Plata;

al Noreste, Este y Sudeste linda con el Río de la Plata; al Sur linda

con zona de relleno ocupada por el Club Ministerio de Obras Públicas:

al Suroeste linda con la calle Juan Díaz De Solis, y al Oeste con la

Parcela tres (3).

Parcela tres (3): Afecta la forma de un polígono irregular con una

superficie de treinta y dos mil doscientos sesenta y cinco metros

cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (32.265,50 m2) y tiene por

linderos: al Norte y Noroeste la Parcela cuatro (4); al Oeste linda con

la Avenida del Libertador; al Sur y Sureste con la calle Malaver, y al

Este con la Parcela dos (2) corresponde al Estado Nacional Argentino:

Parcela dos (2): Por escritura de protocolización E.N.A. N° 339 del 6

de noviembre de 1981, Folio 1.222 del Registro Notarial del Estado

Nacional inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el

título 2.390/1 de fecha 16 de noviembre de 1981.

Parcela tres (3): Por legado de fecha 15 de octubre de 1911, aceptado

por Decreto del 30 de setiembre de 1918, inscripto en el Registro de la

Propiedad Inmueble bajo el N° 62.233 del 30 de diciembre de 1921.

ARTICULO 2° — La presente

donación se efectúa con cargo a que se mantenga .en el patrimonio del

Centro Naval con destino a sus fines societarios específicos. En caso

contrario los bienes donados se reintegrarán al patrimonio del Estado

Nacional Argentino.

ARTICULO 3°— La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante las Escribanía General de Gobierno de la Nación.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LIENDO

Lorenzo J. Sigaut

Carlos A. Lacoste