ACTIVIDADES POLITICAS
ACTIVIDADES POLITICAS
LEY Nº 22.624
**Amnistía que beneficia a quienes
hubieren resultado infractores a las disposiciones de la Ley número
21.323 que imponía restricciones a la actividad política partidaria.**
Buenos Aires, 6 de agosto de 1982.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Amnistíanse las infracciones a la Ley Nº 21.323 que se hubieran cometido durante su vigencia.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Llamil Reston
Lucas J. Lennon
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