MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
AUTORIZASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EL EMPLAZAMIENTO DE LA ESTATUA DE SAN VICENTE DE PAUL, EN LA PLAZOLETA HOMONIMA.
MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
LEY Nº 22.664
**Autorízase a la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires el emplazamiento de la estatua de San Vicente de
Paul, en la plazoleta homónima.**
Buenos Aires, 28 de octubre de 1982.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Autorízase a la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires el emplazamiento de la
estatua de San Vicente de Paul, en la plazoleta homónima, ubicada en la
intersección de las calles Puán, Saraza y Avenida Castañares.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Llamil Reston
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