TRANSFERENCIAS
FACULTASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A TRANSFERIR CON CARACTER DEFINITIVO Y SIN CARGO AL ESTADO NACIONAL (COMANDO EN JEFE DE LA ARMADA) UNA FRACCIÓN DE TERRENO MUNICIPAL EN EL SECTOR DÁRSENA E (AL ESTE DE LA ISLA DEMARCHI).
TRANSFERENCIAS
Ley Nº 22.741
**Facúltase a la Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires a transferir con carácter definitivo y sin cargo
al Estado Nacional (Comando en Jefe de la Armada) una fracción de
terreno municipal en el sector Dársena E (al Este de la Isla Demarchi).**
Buenos Aires, 8 de febrero de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Facúltase a la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a transferir con carácter
definitivo y sin cargo al Estado Nacional (Comando en Jefe de la
Armada) una (1) fracción de terreno de veintidós mil trescientos
ochenta y siete metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados
(22.387,41 m2) de superficie, ubicada en la prolongación de la Avenida
Costanera Sud, en el sector denominado Dársena al Este, en la Isla
Demarchi, identificada como Fracción F, Manzana 19, Sección 96,
Circunscripción 21, conforme al plano de mensura que, como Anexo, forma
parte de la presente ley.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Llamil Reston
Jorge Wehbe
Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.
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