TRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIAS
Ley Nº 22.889
**Facúltase al PEN a transferir a título
gratuito a la Municipalidad de Lonquimay, departamento Catriló,
provincia de La Pampa, el dominio sobre un terreno ubicado en dicha
localidad.**
Buenos Aires, 5 de setiembre de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Facúltase al
Poder Ejecutivo Nacional a transferir a título gratuito a la
Municipalidad de Lonquimay, departamento de Catriló, provincia de La
Pampa, el dominio sobre el terreno ubicado en dicha localidad,
caracterizado según catastro como solar 1 de la Manzana DD y según
título como solar 1 de la Manzana 67, cuya superficie es de mil treinta
y cuatro metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (1.034,40
m2), siendo sus linderos y medidas: Al Noroeste cuarenta y cinco metros
con ochenta y seis centímetros (45,86 m) con la calle Sarmiento; al Sur
cincuenta y seis metros con cincuenta y siete centímetros (56,57 m) con
diagonal Juan Tamburini; al Sudeste cinco metros con ochenta y seis
centímetros (5,86 m) con calle Antonio Munar Fiol y al Noroeste
cuarenta metros (40 m) con el solar 1-a de la misma manzana,
debidamente señalado en el plano Nº 1.532 U que como anexo forma parte
de la presente ley, bien que figura inscripto a favor del Estado
Nacional Argentino en el Registro de la Propiedad Zona La Pampa, Tomo
317, Folio 13, Finca 51.129.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Conrado Bauer
Horacio M. Rodríguez Castells
Jorge Wehbe
Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.