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TRANSFERENCIAS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**TRANSFERENCIAS

Ley Nº 22.918

Autorízase la transferencia de acciones de Astilleros y Fábricas

Navales del Estado Sociedad Anónima (AFNE S.A.) a favor de Talleres

Navales Dársena Norte Sociedad Anónima, Comercial, Industrial y Naviera

(Tandanor S.A.C.I y N.).**Buenos Aires, 19 de setiembre de 1983.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Autorízase la

transferencia de veinte mil (20.000) acciones clase "A" de Astilleros y

Fábricas Navales del Estado Sociedad Anónima (Afne S.A.), de valor

nominal de pesos argentinos un centavo ($a 0,01) cada una, serie

primera, numeradas del 140.001 al 160.000, representadas por veinte

títulos de mil (1.000) acciones cada uno, numerados del 000150 a

000169, inclusive, de que es titular la Dirección General de

Fabricaciones Militares, a favor de Talleres Navales Dársena Norte

Sociedad Anónima, Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y

N.), en las condiciones establecidas en el contrato celebrado por ambas

partes con fecha 7 de diciembre de 1982, que forma parte integrante de

la presente Ley y que fuera protocolizado ante la Escribanía General

del Gobierno de la Nación por escritura número 22 del 1º de febrero de

1983.

ARTICULO 2º -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Julio J. Martínez Vivot

Jorge Wehbe

PROTOCOLIZACION - CONTRATO COMPRA VENTA DE ACCIONES AFNE S.A.

Escritura número: veintidós. - En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de

la República Argentina, a primero de febrero de mil novecientos ochenta

y tres, ante mí, Escribano Autorizante, comparece el doctor don

Eugenio Calvano, soltero, argentino, con Cédula de Indentidad Federal

número 2.205.613, domiciliado en Avenida Antártida Argentina 555, de

esta Capital, mayor de edad, hábil, de mi conocimiento, doy fe; y el

doctor don Eugenio Calvano expone: Que como mero tenedor de la

documentación que más adelante se citará, solicita al Autorizante se

proceda a Protocolizar en el Protocolo General del Registro

Notarial del Estado Nacional el convenio de compra venta suscripto con

fecha 7 de diciembre de 1982 entre la Dirección General de

Fabricaciones Militares y Talleres Navales Dársena Norte Sociedad

Anónima, Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.), la

nota del 27 de setiembre de 1982 dirigida por la Dirección General de

Fabricaciones Militares - Astilleros y Fábricas Navales del Estado

S.A.; y del recibo de fecha 28 de setiembre de 1982, extendido por la

Dirección General de Fabricaciones Militares : "Buenos Aires, 27 de

setiembre de 1982. Señor Vicepresidente de Astilleros y Fábricas

Navales del Estado S.A. Calte. (R) Raúl Oscar Ziegler: Tengo el agrado

de dirigirme al señor Vicepresidente en contestación a su atenta nota

de fecha 27/09/82 referente a la venta del paquete accionario de

Astilleros y Fábricas Navales del Estado S.A. propiedad de la D.G.F.M.

a Tandanor S.A. Al respecto, llevo a conocimiento del señor

Vicepresidente que el monto acordado para realizar dicha venta al

15/04/82 de $ 3.000 millones, de acuerdo con el proyecto de Convenio

remitido oportunamente actualizado por Precios Mayoristas - Nivel

General, considerando en el cálculo el índice de marzo de 1982 y del

mes inmediato anterior al del pago, da como resultado teniendo en

cuenta que el pago se efectuaría antes del 30/9/82 $ 5.943.960.000 en

lugar de $ 5.666.237.631 que determina esa empresa, para el mismo

período pero tomando como índice de actualización Precios Mayoristas -

No Agropecuarios Total. Por otra parte, esta Dirección General presta

su conformidad a que se efectúe el pago antes del 30/09/82, previo a la

finalización de los trámites necesarios para cumplimentar los

requisitos formales de perfeccionamiento jurídico a la transferencia

accionaria, para lo cual solicito al señor Vicepresidente quiera tener

a bien disponer se rectifique la cifra de pesos 5.666.237.631 por la de

$ 5.943.960.000 obtenida por esta Dirección General. Saludos al señor

Vicepresidente atentamente. - Horacio J. Varela Ortiz, Gral. Div.;

Horacio J. Varela Ortiz, Director General".

Anónima (Afne S.A.), la suma de cinco mil novecientos cuarenta y tres

millones novecientos sesenta mil pesos (pesos 5.943.960.000) en cheque

número 457303 por tres mil millones de pesos ($ 3.000.000.000) y cheque

Nº 457304 por dos mil novecientos cuarenta y tres millones novecientos

sesenta mil pesos ($ 2.943.960.000) ambos a cargo del Banco de la

Nación Argentina Casa Central, que una vez hechos efectivos se

aplicarán en concepto de pago total y definitivo de veinte mil (20.000)

acciones Clase "A" de Astilleros y Fábricas Navales del Estado Sociedad

Anónima (AFNE S. A.) de valor nominal de cien pesos ($ 100) cada una,

serie primera, numeradas del 140.001 al 160.000, representadas por

veinte (20) títulos de mil (1000) acciones cada uno numerados del Nº

000150 al 000169 inclusive. Este importe es anticipado por Astilleros y

Fábricas Navales del Estado Sociedad Anónima (AFNE S. A.) y es imputado

-al pago del precio de dichas acciones, aceptado por la Dirección

General de Fabricaciones Militares, conforme al Acta Nº 1922 de su

Honorable Directorio (Nota D. G. F. M. del 28/5/82). Dichas acciones

serán entregadas por la Dirección General de Fabricaciones Militares a

Tandanor S.A., en la oportunidad en que se sancione la ley especial que

propiciará el Comando en Jefe de la Armada, aprobando la transferencia

según requerimiento del artículo 8º del Estatuto Social, Buenos Aires,

28 de setiembre de 1982. Salvador Víctor Pérez, Dr. Salvador Víctor

Pérez, Jefe de División Cobranzas".

En la Ciudad de Buenos Aires, a los siete días del mes de Diciembre del

año mil novecientos ochenta y dos, entre la Dirección General de

Fabricaciones Militares en adelante DGFM, con domicilio en la Av.

Cabildo Nº 65, Capital Federal representada en este acto por el Sr.

General de División Dn. Horacio J. Varela Ortiz, en su carácter de

Presidente del Directorio y Director General de la misma, por una

parte; y por la otra Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima,

Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.) en adelante

Tandanor, con domicilio en la Av. Antártida Argentina Nº 555, Capital

Federal, representada en este acto por el Sr. Contraalmirante (RE) Dn.

Luis R. Collado, en su carácter de Presidente de dicha empresa, se

acuerda en celebrar el siguiente convenio: Primero: DGFM vende a

Tandanor y ésta compra, la totalidad de las acciones que posee la

primera de las nombradas en Astilleros y Fábricas Navales del Estado

Sociedad Anónima (AFNE S. A.), en lo sucesivo AFNE. Dichas acciones

tienen las siguientes características: Cantidad Valor Nominal $

Numeración. Clase Serie 20.000 $ 100.000 c/una 140.001/160.000 "A" 1ra.

Representadas por 20 títulos de 1000 acciones cada una numerados del

150 al 169 inclusive. Segundo: El precio de la operación de venta es de

cinco mil novecientos cuarenta y tres millones novecientos sesenta mil

pesos ($ 5.973.960.000), fijado al 28 de setiembre de 1982 como precio

total y definitivo y abonado a DGFM por AFNE, en dicha fecha, según

resulta de la nota y del recibo de pago cuyas copias se agregan al

presente y forman parte del mismo. Tercero: Las acciones vendidas serán

retenidas por DGFM hasta tanto se sancione y promulgue la ley que debe

aprobar la transferencia de las mismas, conforme con lo dispuesto en el

Art. 8º del Estatuto Social de AFNE, debiendo ser entregadas a Tandanor

dentro de los tres (3) días corridos a partir de la fecha de sanción y

promulgación de dicha ley. DGFM notificará a AFNE la transferencia de

la titularidad sobre las acciones dentro de ese mismo plazo. Cuarto:

Tandanor tomará a su cargo todo gasto y gravamen que corresponda en

virtud de la formalización y de la ejecución del presente convenio.

Quinto: Toda la gestión pertinente para la sanción de la ley necesaria,

será asumida por Tandanor, a través de la vía correspondiente. Sexto:

Sancionada y promulgada la ley que se espera, a los fines del presente

convenio, sus efectos se entenderá que se retrotraen a la fecha del

pago, es decir, el 28 de setiembre de 1982. Conforme las partes, se

firman (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en ellugar

y fecha de su otorgamiento. S/B (3) ejemplares. Vale. Horacio J. Varela

Ortiz - Gral. Div. Horacio J. Varela Ortiz Director General, Luis

R. Collado". Es copia fiel, doy fe. El contrato procedente transcripto

ha sido registrado en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires bajo

el número 44.528, y habilitado hasta la suma de Ochenta millones

doscientoscuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta pesos con fecha 10

de diciembre de 1982, el que se agrega a la presente. Y el doctor don

Eugenio Calvano, continúa diciendo: Que deja protocolizado al folio 59

del presente Protocolo los citados documentos que quedan agregados como

cabeza de esta escritura, solicitando al Autorizante expida testimonios

de la presente. Leída que le fue se rectifica en su contenido y la

firma por ante mí, doy fe. Sobre Respado: Nacional; Calle; del; da;

9/82; formales; cual; Recibimos; Recibimos; pesos; 457304; ($

2.943.960.000.-; Astillero Perez; siete; Ortiz; Director; habilitado.

Vale. Entre líneas; Luis R. Collado. Vale.

Ante mí.

Eduardo J. Carranza Vélez, escribano.

Concuerda con su escritura matriz que pasó ante mí al folio cincuenta y

nueve del Registro Notarial del Estado Nacional interinamente a mi

cargo, doy, fe, Para Talleres Navales Dársena Norte Sociedad Anónima,

Comercial, Industrial y Naviera (Tandanor S.A.C.I. y N.) expido este

Primer Testimonio en tres fotocopias que sello y firmo en el lugar y

fecha de su otorgamiento.

Eduardo J. Carranza Vélez, escribano.