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MINISTERIO DE ACCION SOCIAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE ACCION SOCIAL

LEY N° 23.039

**Autorízase al citado Ministerio para que proceda, a la cobertura de

cargos de las estructuras orgánicas aprobadas por Decretos Nros.

1.586/83, 1.587/83, 1.588/83, 1.589/83 y 1.654/83 con determinado

personal, exceptuándoselo del cumplimiento de las previsiones

contenidas en el artículo 8° inciso j) de la Ley N° 22.140.**

Buenos Aires, 9 de diciembre de 1983

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto

para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Acción Social para que

proceda por esta única vez a la cobertura de los cargos de las

estructuras orgánicas aprobadas por Decretos números 1.586/83,

1.587/83, 1.588/83, 1.589/83 y 1.653/83 y a las asignaciones de

funciones emergentes de las mismas, con el personal que se detalla en

planilla anexa que forma parte de la presente ley, quedando exceptuado

del cumplimiento de las disposiciones previstas en el artículo 8°,

inciso j) del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado

por Ley N° 22.140.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Adolfo Navajas Artaza

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