PODER JUDICIAL
JUSTICIA
Ley Nº 23.156
Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia, una
Fiscalía y una Defensoría General en la ciudad de San Carlos de
Bariloche, provincia de Río Negro. Jurisdicción.
Competencia.
Sancionada: Setiembre 30 de 1984
Promulgada de hecho: Octubre 26 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – Créase en la
ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, un Juzgado
Federal de Primera Instancia, una Fiscalía y una Defensoría General.
ARTICULO 2° – Como dotación para el
funcionamiento del juzgado se designarán dos secretarios y ocho
empleados administrativos, y para las tareas vinculadas con los
Ministerios Públicos se designarán dos empleados administrativos.
ARTICULO 3° – La jurisdicción del
Juzgado abarcará los departamentos de Bariloche, Pilcaniyeu, Ñorquincó
y 25 de Mayo en la provincia de Río Negro, con competencia en los
departamentos de Futaleufú, Cushamen (provincia del Chubut) y Los Lagos
(provincia del Neuquén).
ARTICULO 4° – Créase la Morgue
Judicial, dependiente del juzgado federal de primera instancia de la
ciudad de San Carlos de Bariloche. La misma funcionará en el Hospital
Regional "Ramón J. Carrillo".
ARTICULO 5° – Los gastos que demanden
la creación y funcionamiento de este juzgado serán imputados al
presente ejercicio fiscal del Ministerio de Educación y Justicia.
ARTICULO 6° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino,
en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil
novecientos ochenta y cuatro.
J. C.
PUGLIESE
V. H. MARTINEZ
Hugo Beinicoff
Antonio J.
Macris
- Registrada bajo el N° 23.156–
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