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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

JUBILACIONES

LEY Nº 23.623

**Extiéndense los alcances de la Ley Nº 23.278 al

personal de la Administración Pública Nacional que

pertenezca o haya pertenecido a organismos incorporados al Régimen

Previsional que administra la Caja de Retiros, Jubilaciones y

Pensiones de la Policía Federal.**

Sancionada: Setiembre 28 de 1988.

Promulgada: Octubre 25 de 1988.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación

Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1º-Serán de aplicación

las normas de la Ley 23.278 al personal de la Administración

Pública Nacional que pertenezca o haya pertenecido a organismos

incorporados al régimen previsional que administra la Caja

de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal,

ante la cual deberán efectuarse todos los trámites

vinculados con las indicadas disposiciones.

Art 2º-El Ministerio del Interior queda facultado

para; dictar las normas complementarias de la presente Ley.

Art 3º-La presente Ley tendrá vigencia por

el término de un año a contar de la fecha de su

promulgación.

Art 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-JUAN

CARLOS PUGLIESE.-VICTOR H. MARTINEZ.-Carlos A. Bravo.-Antonio

J. Macris.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

Decreto 1547/88

Bs. As., 25/10/88

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 23.623, cúmplase,

comuníquese, dése a la Dirección Nacional

del Registro Oficial y archívese.-ALFONSIN.-Enrique C.

Nosiglia.