INMUEBLES
Ley N° 23.638
Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a transferir un predio a la Dirección de Energía de la provincia de Buenos Aires.
Sancionada: Setiembre 28 de 1988.
Promulgada: Octubre 21 de 1988.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con Fuerza de
Ley:
Artículo 1°- Facúltase al Poder
Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la Dirección de Energía de
la Provincia de Buenos Aires, el dominio de un predio compuesto por una
superficie de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE METROS
CUADRADOS CON OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (46.619,08 m²) ubicado en la
localidad de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, registrado
patrimonialmente en la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia del
Ministerio de Salud y Acción Social, y cuyo detalle catastral es el que
seguidamente se consigna:
Según plano 71-40-80 (Anexo I):
Parcela 2 de la Manzana 133 b):
DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS CON VEINTIOCHO CENTÍMETROS (225,28 m.) de
frente al Sur; lindando , con Avenida 2 en medio, con Manzanas 144 b) y
144 c): CUATRO METROS CON SEIS CENTIMETROS (4,06 m.) al Suroeste
formando ochava; CINCUENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y SIETE
CENTIMETROS (55,37 m.) de frente al Oeste Noroeste; lindando con calle
a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y DOSCIENTOS TREINTA Y
UN METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (231,32 m.) al Nor-Noroeste:
lindando con Parcela I de la Manzana 133 b).
Superficie: SEIS MIL
SETECIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS DECIMETROS
CUADRADOS (6.620,62 m²).
Dominio: Inscripto en el N° 11.443/904 del
Partido de Mercedes.
Nomenclatura Catastral: Circunscripción II,
Sección B, Chacra 133, Manzana 133 b).
Según plano 71-38-80 (Anexo II):
Manzana 133 a):
CIENTO SESENTA Y
SIETE METROS (167,00 m.)de frente al Nor-Noroeste; lindando con calle 8
en medio, con Manzana 125 J, 125 K y parte de la Chacra 126; SEIS
METROS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS (6,71 m.)al Este, lindando con
calle a ceder; CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CON TREINTA Y SIETE
CENTIMETROS (165,37 m.) de frente al Sur, lindando, con calle a ceder
al medio, con parcela I de la Manzana 133 b); CUATRO METROS CON CUATRO
CENTIMETROS (4,04 m.)al Suroeste formando ochava; CUARENTA Y TRES
METROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS (43,52 m.)de frente al Oeste:
lindando con calle a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y
TRES METROS CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMETROS (3,89 m.) al Noroeste
formando ochava.
Superficie: CUATRO MIL SETECIENTOS SIETE METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (4.707,51 m²).
Dominio: Inscripto en el F° 326/927 del Partido de Mercedes.
Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 133,
Manzana 133 a).
Según plano 71-39-80 (Anexo III):
Parcela I de la Manzana 133b):
DOSCIENTOS CUATRO METROS CON CUARENTA Y UN CENTIMETROS (204,41 m.) de
frente al Norte; lindando, con calle cedida por plano 71-38-80 en
medio, con Manzana 133 a); CUATRO METROS CON VEINTIOCHO CENTIMETROS
(4,28 m.)al Noroeste formando ochava; CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CON
SESENTA CENTIMETROS (185,60 m.)de frente al Este; lindando, con Avenida
1 en medio, con manzanas 126 t) y 134; TRES METROS CON TREINTA Y DOS
centimetros (3,32 m.)al Suroeste formando ochava; DOSCIENTOS TREINTA Y
UN METROS CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (231,32 m.)al Suroeste;
lindando con parcela 2 de la Manzana 133 b); CIENTO VEINTIOCHO METROS
CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (128,44 m.)al Oeste; lindando, con
calle a ceder en medio, con remanente de la Chacra 133 y CUATRO METROS
CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (128,44 m.)al Noroeste formando
ochava.
Superficie: TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA METROS
CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (35.290,95 m²).
Dominio: Inscripto en el F° 327/927 del Partido de Mercedes.
Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 133,
Manzana 133 b).
Art.2°- El detalle catastral
del predio fue elaborado conforme a los planos de mensura que bajo las
características 71-38-80, 71-39-80 y 71-40-80, fueron aprobados por la
Dirección de Geodesía con fecha 19 de agosto de 1980 y que como Anexos
I, II y III corren agregados.
Art.3°- La transferencia sin
cargo del predio a que hacen referencia los artículos precedentes, se
efectúa con el cargo de que el beneficiario proceda al emplazamiento
del laboratorio de instrumentos eléctricos y la infraestructura del
área de distribución del servicio eléctrico provincial - Mercedes.
Art.4°- Oportunamente el Poder
Ejecutivo Nacional designará el funcionario que en nombre y
representación del Estado Nacional Argentino estará facultado para
suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio.
Art.5°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.- JUAN CARLOS PUGLIESE.- VICTOR H.MARTINEZ.- Carlos A. Bravo.- Antonio J.Macris.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y OCHO.