PASOS FRONTERIZOS

Rango Ley
Publicación 1989-10-24
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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PASOS FRONTERIZOS

LEY Nº 23.739

**Declárase de interés nacional la habilitación

y puesta en funcionamiento de un paso fronterizo carretero en

la Provincia de Catamarca.**

Sancionada: Septiembre 28 de 1989.

Promulgada de Hecho: Octubre 18 de 1989.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Declárase de interés nacional

la habilitación y puesta en funcionamiento de un paso fronterizo

carretero en el denominado Paso San Francisco, Provincia de Catamarca.

ARTICULO 2º-El Poder Ejecutivo Nacional instruirá

al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a fin de que, en

el marco de las reuniones que efectúa la Comisión

Binacional Argentino-Chilena de Cooperación Económica

e Integración Física (Comisión de Integración

Física) por mandato del artículo 12 de la Ley 23.172,

de Tratado de Paz y Amistad celebrado entre los Gobiernos de Argentina

y Chile, defina el Paso de San Francisco, Provincia de Catamarca,

como uno de los lugares de interconexión caminera entre

ambos países, conforme lo dispuesto en la presente ley.

ARTICULO 3º-El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá,

por intermedio de los Ministerios que pudieren corresponder, las

medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la

presente ley.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-ALBERTO

R. PIERRI.-EDUARDO DUHALDE.-Alberto E. Balestrini.-Alberto J.

B. Iribarne.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.

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