JUSTICIA -CREASE DEFENSORIA DE POBRES EN LA PLATA-

Rango Ley
Publicación 1994-09-30
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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JUSTICIA

Ley 24.369

**Crease una defensoría de pobres, incapaces, y ausentes

de primera y segunda instancia ante la Cámara Federal de

Apelaciones y Juzgados federales de primera instancia con asiento

en la ciudad de la Plata.**

Sancionada: Setiembre 1 de 1994.

Promulgada: Setiembre 26 de 1994.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º- Créase una defensoría de

pobres, incapaces y ausentes de primera y segunda instancia ante

la Cámara Federal de Apelaciones y juzgados federales de

primera instancia con asiento en la ciudad de La Plata, Provincia

de Buenos Aires, a la que se le asignará el número

dos (2).

ARTICULO 2º- Créase el cargo de defensor de

pobres, incapaces y ausentes de primera y segunda instancia, a

que se refiere el anexo I que forma parte de la presente ley.

ARTICULO 3º- Créanse asimismo los cargos de

funcionarios y empleados a que se refiere el anexo I que forma

parte de la presente ley.

ARTICULO 4º- La Cámara Federal de Apelaciones

de La Plata, con la intervención del fiscal de cámara,

dispondrá la asignación de juzgados y de turnos

para el organismo que se crea por la presente ley.

ARTICULO 5º- La presente ley se implementará

una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario

para la atención del gasto que su objeto demande, el que

se imputará al presupuesto del Poder Judicial de la Nación.

Los funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados,

sólo tomarán posesión de los mismos cuando

se dé dicha condición financiera.

ARTICULO 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-ALBERTO

R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de

Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A UN DIA DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y CUATRO.

ANEXO I

Funcionarios

Defensor de pobres, incapaces y ausentes de 1ra. y 2da. Instancia 1

del Interior

Secretario de Juzgado 1

Prosecretario administrativo 2

Subtotal 4

Personal administrativo y técnico

Auxiliar 1

Auxiliar administrativo 1

Subtotal 2

Personal de servicio

Auxiliar de servicio 1

Subtotal 1

TOTAL 7

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