PRESUPUESTO

Rango Ley
Publicación 1994-09-30
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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PRESUPUESTO

Ley N° 24.371

Prorróganse las pensiones graciables otorgadas de conformidad con el artículo 51 de la Ley N° 23.110.

Sancionada: Setiembre 1 de 1994.

Promulgada: Setiembre 23 de 1994.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

ARTICULO 1°— Prorróganse por el término de diez (10) años a partir de

la fecha de sus respectivos vencimientos y sin perjuicio de cualquier

otro ingreso que pudieran percibir sus beneficiarios, las pensiones

graciables otorgadas de conformidad con el artículo 51 de la Ley 23.110.

ARTICULO 2° —El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a "Rentas Generales".

ARTICULO 3°— Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO PIERRI —

EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo

Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

UN DIA DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.

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