PENSIONES

Rango Ley
Publicación 1994-11-22
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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PENSIONES

Ley N° 24.387

Otórgase una pensión vitalicia al Dr. Esteban Laureano Maradona.

Sancionada: Octubre 26 de 1994.

Promulgada: Noviembre 17 de 1994.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° —Otórgase al Doctor Esteban Laureano Maradona, una pensión

vitalicia equivalente al sueldo mensual que perciba en actividad un

investigador de la máxima categoría, con dedicación exclusiva, del

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas (CONICET).

ARTICULO 2° — El gasto que demande la ejecución de la presente, se

imputará al Programa 17 denominado "Atención de Pensiones no

Contributivas y Otras Prestaciones", de la entidad 850, Administración

Nacional de Seguridad Social, incluido en el Presupuesto General de la

Administración Nacional para el ejercicio fiscal del corriente año.

ARTICULO 3°— Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R.

PIERRI. — ORALDO BRITOS. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. —

Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA

Y CUATRO

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