SECRETARIA DE TURISMO

Rango Ley
Publicación 1995-04-21
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

PROMOCION TURISTICA

Ley N° 24.470

**Establécese que, la Secretaría de

Turismo de la Nación procederá a recopilar material fílmico acerca de

las atracciones naturales y turísticas de la República Argentina, con

especial atención a las zonas del interior.**

Sancionada: Marzo 22 de 1995.

Promulgada de Hecho: Abril 17 de 1995.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — La Secretaría de

Turismo de la Nación procederá en el plazo de 60 días a recopilar

material fílmico acerca de las atracciones naturales y turísticas de la

República Argentina, con especial atención a las zonas del interior.

Con dicho material editará un cortometraje, en video, acorde con los

sistemas de emisión televisiva de cada país al que fuera destinado y lo

entregará a la Cancillería.

ARTICULO 2° — El Ministerio de

Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto procederá a

distribuir copias del video a la totalidad de las representaciones

diplomáticas, comerciales y culturales del país en el mundo, quienes

serán directamente responsables de su difusión y conocimiento.

ARTICULO 3° — Comuníquese al

Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H.

Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y

CINCO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.