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MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MUSEOS Y MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 24.570

**Declárase monumento histórico

artístico nacional a la antigua construcción arquitectónica que integra

el edificio del Teatro Nacional Cervantes.**

Sancionada: Septiembre 27 de 1995

Promulgada de Hecho: Octubre 26 de 1995

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Con arreglo a lo

dispuesto por las leyes 12.665 y 24.252, declárase monumento histórico

artístico nacional a la antigua construcción arquitectónica que integra

el edificio del Teatro Nacional Cervantes ubicado en la calle Libertad

807, 815, 821, 827, 835 y 841 en su intersección con la Avenida Córdoba

1167, 1171, 1185, 1187, 1193 y 1199, de esta Capital Federal.

ARTICULO 2°— La Secretaría de

Cultura de la Nación, por intermedio de la Comisión Nacional de Museos

y de Monumentos y Lugares Históricos, adoptará los recaudos necesarios

que hagan a la preservación del acervo artístico, cultural e histórico

del teatro.

ARTICULO 3° — Comuníquese al

Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H.

Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y CINCO.