← Texto vigente · Historial

TELECOMUNICACIONES MARITIMAS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

TELECOMUNICACIONES MARITMAS

Ley 24.849

**Apruébanse Enmiendas al Convenio Constitutivo de la

Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas

por Satélite -INMARSAT- y al Acuerdo de Explotación

de la Organización Internacional de Telecomunicaciones

Marítimas por Saté1ite -INMARSAT-, adoptadas en

Londres.**

Sancionada: Junio 11 de 1997

Promulgada de Hecho: Julio 11 de 1997

B.O. 22/7/97

E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.,

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Apruébanse las Enmiendas al Convenio

Constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones

Marítimas por Satélite- INMARSAT- y al Acuerdo de

Explotación de la Organización Internacional de

Telecomunicaciones Marítimas por Satélite -INMARSAT-

adoptadas en Londres- Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda

del Norte- el 9 de diciembre de 1994, que constan de un (1) artículo

y dos (2) declaraciones, cuyas fotocopias autenticadas forman

parte de la presente ley.

ARTICULO 2º-Comuníquese al Poder Ejecutivo

Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y SIETE.

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM. Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo. Edgardo Piuzzi.

ENMIENDAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICACIONES MARITIMAS POR SATELITE (INMARSAT)

Artículo 13

Consejo: composición

(1) La tercera frase del párrafo (1) (a) del artículo

13 se sustituye por la siguiente:

"................. Si el número de representantes

en el Consejo excede de veintidós, por que dos o más

Signatarios tengan participaciones en la inversión iguales,

o por el motivo que se específica en

el párrafo (3) del presente Artículo, excepcionalmente

todos ellos esteran representados".

(2) El párrafo siguiente se añade al Artículo

13 como párrafo (3):

(3) Con el fín de asegurar la continuidad de representación

en el Consejo, un Signatario o grupo de Signatarios que estén

representados en virtud de lo dispuesto en el párrafo (1)

la) del presente Artículo no dejarán de estar representados,

ya sea individualmente o en grupo, como consecuencia de cualquier

modificación que pueda sufrir la composición del

Consejo por virtud de la entrada en vigor del Acuerdo de Explotación

para un nuevo Signatario o de la formación de un nuevo

grupo, hasta la siguiente determinación ordinaria anual

de todas las participaciones en la inversión. No obstante.

la representación como parte de un grupo cesara si la retirada

de uno o más Signatarios del grupo hace que el grupo no

sea idóneo para estar representado en el Consejo en virtud

de las disposiciones del presente Artículo".

ENMIENDAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICACIONES MARITIMAS POR SATELITE (INMARSAT)

(1) Modificar el nombre del Convenio haciendo que este pase a

llamarse Convenio Constitutivo de la Organización Internacional

de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (Inmarsat)-.

(2) Llevar a cabo las consiguientes modificaciones del texto del

Convenio consistentes en substituir Organización Internacional

de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (INMARSAT)

por "Organización Internacional de Telecomunicaciones

Móviles por Satélite (Inmarsat)", e "INMARSAT"

por "Inmarsat", respectivamente.

ENMIENDAS AL ACUERDO DE EXPLOTACION DE LA ORGANIZACIÓN

INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES MARITIMÁS POR SATELITE

(INMARSAT)

( 1 ) Modificar el nombre del Acuerdo de Explotación, haciendo

que este pase a llamarse "Acuerdo de Explotación de

la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles

por Satélites (Inmarsat).

(2) Llevar a cabo las consiguientes modificaciones del texto del

Acuerdo de Explotación consistentes en substituir "Organización

Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite

(INMARSAT) por "Organización Internacional de Telecomunicaciones

Móviles por Satélite (Inmarsat)", "INMARSAT"

por "Inmarsat", respectivamente.