HOMENAJES

Rango Ley
Publicación 1997-12-10
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

HOMENAJE A LA HISTORICA BANDERA DE LA ESCUELA NACIONAL DE NAUTICA

Ley Nº 24.895

**Asígnase la "Distinción al Valor en Defensa

de la Patria" al histórico pabellón de la Guardia

de Honor "Tercio de Voluntarios Urbanos de Galicia",

de la Escuela Nacional de Náutica.**

Sancionada: Noviembre 5 de 1997

Promulgada: Noviembre 28 de 1997

B.O: 10/12/97

E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

DE HOMENAJE A LA HISTORICA BANDERA DE LA ESCUELA NACIONAL DE NAUTICA

ARTICULO 1º-Asignar la "Distinción al

Valor en Defensa de la Patria" al histórico pabellón

de la Guardia de Honor "Tercio de Voluntarios Urbanos de

Galicia", de la Escuela Nacional de Náutica, por su

heróica lucha en la defensa de Buenos Aires durante la

invasión inglesa de 1807.

ARTICULO 2º-La distinción que esta ley instituye

consistirá en:

Una medalla de oro con la siguiente leyenda:

Anverso: "Congreso de la Nación Argentina (fecha de

sanción de la presente ley)".

Reverso: "Homenaje al Tercio de Voluntarios Urbanos de Galicia

de la Escuela Nacional de Náutica".

Un moño con los colores patrios con la siguiente leyenda:

"Distinción al valor en Defensa de la Patria H. Congreso

de la Nación - (fecha de sanción de esta ley)".

ARTICULO 3º-Los gastos que demande la presente ley

serán imputados a las partidas presupuestarias del H. Congreso

de la Nación.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.895-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM. Esther H. Pereyra Arandía

de Perez Pardo. Edgardo Piuzzi.

Decreto 1306/97.

Bs. As., 28/11/97

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 24.895. cúmplase,

comuníquese, publíquese, dése a la Dirección

Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM.- Jorge

A Rodríguez. -Carlos V. Corach.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.