RESERVA NACIONAL LANIN

Rango Ley
Publicación 1998-01-26
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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RESERVA NACIONAL LANIN

Ley 24.912

**Modifícase el límite de la Reserva Nacional Lanín,

Zona Lácar, quedando desafectada del dominio público

nacional y se transfiere el dominio eminente sobre la misma a

la provincia del Neuquén.**

Sancionada: Diciembre 3 de 1.997.

Promulgada de Hecho: Enero 5 de 1.998.

Boletín Oficial: Enero 26 de 1.998.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación

Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan

con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°- Modifícase el límite de

la Reserva Nacional Lanín, Zona Lácar, sustituyéndose

el establecido en virtud del artículo 4° de la Ley

19.292, por el siguiente:

RESERVA NACIONAL LANIN - ZONA LACAR

Al Norte, desde el Paso Pirehueico, en el límite con la

República de Chile, con una línea con rumbo Este

que encuentra las nacientes del arroyo Boquete, sigue luego por

la margen Norte del citado arroyo hasta su desembocadura en el

lago Lolog. Luego por la margen Norte del citado lago hacia el

Este hasta el límite Oeste de la propiedad de Juan F. FORTEGA.

Desde aquí cruzando el lago Lolog hasta el esquinero Noreste

del lote 39 de la Colonia Maipú. Desde aquí sigue

al Sur coincidiendo con el límite Este de los lotes 39

y 21 hasta el esquinero Sureste del lote 21 y Suroeste del lote

23; desde este punto siguen los límites Norte y Este del

lote 25 de la Colonia Maipú, tomará el límite

Este del lote 27 hasta su esquinero Sureste. Desde aquí

seguirá por el límite Sur del citado lote 27 hasta

encontrar el esquinero común a los lotes 27, 28 y quinta

N° 11. Desde este punto seguirá con rumbo Norte CIENTO

CINCUENTA METROS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (150,73 m.) por

la margen Oeste del lote pastoril N° 27 hasta el vértice

'A'. A partir de este último comienza una poligonal dentro

del lote N° 28a, originando el lote N° 28d, según

planos I y II adjuntos como parte integrante del presente artículo,

y definida por los ángulos internos y las distancias que

a continuación se indican: desde el vértice 'A'

con un ángulo de 253° 51' 23", una línea

de CUARENTA Y SEIS METROS CON DOS CENTIMETROS (46,02 m.) hasta

el vértice 'B'; desde este y con un ángulo de 166°

53' 28", una línea de DOSCIENTOS UN METROS CON TREINTA

Y CUATRO CENTIMETROS (201,34 m.) hasta el vértice 'C';

desde éste y con un ángulo de 218° 21' 27",

una línea de TRESCIENTOS OCHENTA METROS CON TREINTA Y CINCO

CENTIMETROS (380,35 m.) hasta el vértice 'D'; desde éste

y con un ángulo de 214° 38' 12", una línea

de CIENTO ONCE METROS CON DIECIOCHO CENTIMETROS (111,18 m.) hasta

el vértice 'E'; desde éste con un ángulo

de 158° 23' 04", una línea de CIENTO CINCUENTA

Y CUATRO METROS CON VEINTIUN CENTIMETROS (154,21 m.) hasta el

vértice 'F'; desde éste y con un ángulo de

182° 38' 10", una línea de TRESCIENTOS TREINTA

Y OCHO METROS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS (338,79 m.) hasta

el vértice 'G'; desde éste y con un ángulo

de 198° 47' 10", una línea de CIENTO DIECISEIS

METROS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (116,69 m.) hasta el vértice

'H'; desde este con un ángulo de 210° 07' 58",

una línea de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CON NOVENTA Y

OCHO CENTIMETROS (162,98 m.) hasta el vértice '1'; desde

éste con un ángulo de 172° 00' 00", una

línea de CUARENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS

(43,59 m.) hasta el vértice 'J'; desde éste y con

un ángulo de 229° 08' 57", una línea de

CIENTO NOVENTA Y UN METROS CON VEINTISEIS CENTIMETROS (191,26

m.) hasta encontrar el esquinero Noroeste de la planta urbana

de San Martín de los Andes. Desde aquí el límite

continuará por el veril Oeste y Sudoeste de una calle de

San Martín de los Andes, que limita con la reserva municipal

para sanatorio y las manzanas 14, 32, 33, parte de la 45, la manzana

44 y mas tierras fiscales de la planta urbana hasta encontrar

la margen izquierda del arroyo Pocahullo, en su desembocadura

en el lago Lácar. Desde este punto el límite seguirá

por la costa del lago Lácar, con rumbo Sudeste y Sudoeste

hasta encontrar el veril Sudeste de la calle N° 27 de la

planta Urbana de San Martín de los Andes. Desde aquí

se seguirá por el citado veril con rumbo Noreste hasta

encontrar el eje de la calle N° 17. Desde aquí se

seguirá por el eje de la citada calle con rumbo Sudeste

hasta encontrar el veril Sudeste de la ruta nacional N° 234

que une San Martín de los Andes con San Carlos de Bariloche.

Desde aquí se seguirá por el mismo veril de la citada

ruta, con rumbo Noreste hasta encontrar la intersección

de la ruta provincial N° 19 que conduce al cerro Chapelco.

Desde este punto el límite seguirá por el veril

Oeste y Sur del citado camino, hasta encontrar el límite

de los lotes pastoriles 59 y 69. Desde aquí el límite

continúa por el límite Este del lote 59 hasta el

límite Noroeste de los lotes pastoriles 20, 21 y 24 de

la Sección XXXVI del Departamento Lácar, éste

límite hasta la ruta nacional N° 234. Sigue este camino

hasta el río Hermoso, continúa por la margen izquierda

de este río y luego por la costa Noreste del lago Meliquina

y margen izquierda del río del mismo nombre, hasta su desembocadura

en el río Caleutu y desde este punto continua hasta encontrar

la ruta provincial N° 63, por donde se sigue hasta el puente

de la desembocadura del río Traful. Desde aquí el

límite sigue por el límite de los lotes pastoriles

3 y 4 de la Sección XXXVIII; el límite de los lotes

pastoriles 3 y 5 de la Sección XXXIX, límite Sudoeste

del lote 4 de la misma Sección y siguiendo con igual rumbo

por el límite Sudoeste y Oeste del lote 2 de la Sección

XL, cruzando el lago Hermoso. Desde aquí una línea

con rumbo Noroeste hasta encontrar el límite Sudeste del

lote XI del Ensanche Oeste de la Colonia Maipú sobre el

río Pucará. Desde este punto por la margen izquierda

del citado río hasta encontrar el esquinero Noroeste del

lote XII. Desde aquí por los límites Sur y Oeste

del lote XIII, Sudoeste del lote XIV y Sur del lote XV hasta el

esquinero Sudoeste del mismo. Desde aquí continúa

por la margen Este del lago Queñi y margen derecha del

río Chachín hasta su intersección con el

límite Sur del lote VII del Ensanche Oeste de la Colonia

Maipú. Desde aquí continúa con una línea

con rumbo Sur hasta el cerro Punta Blanca, en el límite

con la República de Chile. De aquí sigue hacia el

Norte por el límite con la citada República hasta

el paso Pirehueico, punto de arranque de la presente descripción.

ARTICULO 2°- El área segregada a raíz

de la modificación de los límites de la Reserva

Nacional Lanín - Zona Lácar, queda desafectada del

dominio público nacional y se transfiere el dominio eminente

sobre la misma a la provincia del Neuquén. Esta última

concretará la mensura definitiva dentro de los TRESCIENTOS

SESENTA (360) días de la promulgación de la presente

ley.

ARTICULO 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo

Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

ALBERTO R. PIERRI. - EDUARDO MENEM. - Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo. - Edgardo Piuzzi.

NOTA: Ver los mapas que forman parte de la presente Resolución

en el Boletín Oficial de fecha 26 de Enero de 1.998, páginas

2 y 3.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.