IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Rango Ley
Publicación 1997-12-31
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

IMPUESTOS

Ley 24.920

**Modifícase el artículo 7º, inciso h). Apartado

16 de la Ley Nº 23.349 del Impuesto al Valor Agregado (t.o.

según el Decreto Nº 280/97)**

Sancionada: Diciembre 9 de 1997.

Promulgada: Diciembre 29 de 1997.

B.O: 31/12/97

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso. etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Incorpórase a la Ley 23.349 de

Impuesto del Valor Agregado (texto ordenado según Decreto

280/97), en el Artículo 7º, inciso h), Apartado 16,

el Punto 9.

9.

Los intereses de préstamos u operaciones bancarias y

financieras en general cuando el tomador sean las Provincias o

Municipios.

ARTICULO 2º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.920-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

Decreto 1436/97

Bs. As., 29/12/97

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 24.920 cúmplase,

comuníquese, publíquese, dése a la Dirección

Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.