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INMUEBLES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INMUEBLES

Ley 24.926

**Transfiérese a título gratuito, un inmueble propiedad

del Estado nacional a la Asociación de Bomberos Voluntarios

de la localidad de Cerro Azul, Departamento Leandro N. Alem, Provincia

de Misiones.**

Sancionada: Diciembre 9 de 1997.

Promulgada de Hecho: Enero 9 de 1998.

B.O: 14/01/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Transfiérese a título gratuito

a la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad

de Cerro Azul, Departamento Leandro N. Alem, Provincia de Misiones,

el inmueble propiedad del Estado nacional, identificado como Solar

"B" Manzana 34 del pueblo de Cerro Azul según

Nomenclatura Catastral: Departamento 11 -Municipio 17 - Sección

03 -Chacra 000 - Manzana 052 - Parcela 02.

ARTICULO 2º-La transferencia de dicho inmueble se

realiza a fin de ser destinado a la construcción de la

sede de la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad

de Cerro Azul, asociación sin fines de lucro y debidamente

afiliada a la Federación de Bomberos Voluntarios de Misiones.

ARTICULO 3º-En caso de disolverse dicha Asociación,

el inmueble correspondiente será transferido automáticamente

al Estado provincial con todo lo plantado y/o edificado, al cumplirse

los dos años calendario de la firma del Acta de Disolución.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo

Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTAY SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.926-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.