TERCER MILENIO -CREACION-

Rango Ley
Publicación 1998-04-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

TERCER MILENIO

Ley 24.944

**Créase el Comité Organizador de los Festejos

del Tercer Milenio, Milenium, en el ámbito del Honorable

Congreso de la Nación. Integración y funciones.**

Sancionada: Marzo 4 de 1998.

Promulgada: Marzo 26 de 1998.

B.O: 1/04/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza

de Ley:

ARTICULO 1º-Crease en el ámbito de este Honorable

Congreso el Comité Organizador de los Festejos del Tercer

Milenio, en adelante Milenium.

ARTICULO 2º-Milenium estará integrado por representantes

del gobierno nacional de las áreas de: Ministerio de Economía

y Obras y Servicios Públicos; Secretaría de Turismo;

Secretaría de Industria, Comercio y Minería; Secretaría

de Cultura; representantes de los gobiernos provinciales, legisladores

nacionales y representantes de las cámaras empresariales.

ARTICULO 3º-Serán funciones de Milenium:

a)

Evaluar distintas alternativas para la celebración del

fin de siglo,

b)

Generar una propuesta consensuada con todos los sectores y

promover la divulgación de la misma, teniendo presente

que esta deberá estar dirigida a incrementar el turismo

en todas las regiones del país;

c)

A partir de la fecha de promulgación de la presente

los integrantes de Milenium tendrán un plazo de ciento

ochenta (180) días para presentar oficialmente el programa

de festejos y turismo para la celebración de la llegada

del tercer milenio.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y OCHO.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.944-

ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

Decreto 342/98

Bs. As., 26/3/98

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 24.944, cúmplase,

comuníquese, publíquese, dése a la Dirección

Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.