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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

IMPUESTO

Ley 24.958

**Impuesto al Valor Agregado. Restablécense las facultades

otorgadas al Poder Ejecutivo Naciona1 por el articulo 3°

inciso b) de la Ley 24.631**

Sancionada: Abril 29 de 1998

Promulgada: Mayo 7 de 1998

B.O.: 08/05/98

E1 Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°-Restablécense, por el término

de noventa (90) días a contar de la fecha de publicación

de la presente ley, las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo

Nacional por el articulo 3° inciso b) de la ley 24.631.

ARTICULO 2°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO

MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

REGISTRADA BAJO EL N° 24.958

MARCELO E. LOPEZ ARIAS. -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra

Arandía de Perez Pardo.-Edgardo Piuzzi

Decreto 495/98

Bs. As., 7/5/98

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.958 cúmplase,

comuníquese, publíquese, dése a la Dirección

Nacional del Registro Oficial y archívase.-MENEM. -Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.