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INMUEBLES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INMUEBLES

Ley 25.007

**Decláranse de utilidad pública y sujeto a expropiación

determinados inmuebles ubicados en el Partido de San Isidro, provincia

de Buenos Aires, con destino al Poder Judicial de la Nación.**

**Sancionada: Julio 15 de 1998.

Promulgada de Hecho: Agosto 10 de 1998.

Boletín Oficial: Agosto 14 de 1998.**

El Senado y Cámara de Diputados de la

Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.,

sancionan con fuerza

de Ley:

ARTICULO 1°-Declárense de utilidad pública

y sujeto a expropiación, con destino al Poder Judicial

de la Nación, los inmuebles ubicados en la calle Tres de

Febrero 104 a 112 (matrícula 43.588) -esquina calle Moreno-

y Tres de Febrero 118/124, unidad funcional 1 (matrícula

16.390/Uf. 1), entre Garibaldi y Moreno, del partido de San Isidro

(097), provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2°- Facúltase a la Corte Suprema de

Justicia de la Nación para determinar las dependencias

judiciales que se instalarán en dichos inmuebles.

ARTICULO 3°-El gasto que demande el cumplimiento

de la presente ley será atendido con cargo al presupuesto

del Poder Judicial de la Nación, para lo cual el Poder

Ejecutivo nacional procederá a la correspondiente ampliación

del crédito en la jurisdicción.

ARTICULO 4°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y OCHO.

ALBERTO R. PIERRI. - CARLOS F. RUCKAUF. - Esther H. Pereyra Arandía

de Pérez Pardo. - Edgardo Piuzzi.