IMPUESTO A LAS GANANCIAS
IMPUESTOS
Ley 25.057
Modifícase el artículo 20, inciso w) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado 1997.
Sancionada: Noviembre 26 de 1998
Promulgada de Hecho: Enero 4 de 1999
B.O: 06/01/99
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°— Modifícase la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado 1997, de la siguiente forma:
Incorpórase al artículo 20, inciso w) como segundo párrafo el siguiente:
"La exención a que se refiere este inciso procederá también para las sociedades de inversión, fiduciarios y otros entes que posean el carácter de sujetos del gravamen y/o de la obligación tributaria, constituidos como producto de procesos de privatización, de conformidad con las previsiones del capítulo II de la Ley 23.696 y normas concordantes, en tanto se trate de operaciones con aciones originadas en programas de propiedad participada, implementadas en el marco del capítulo III de la misma ley"
ARTICULO 2° — Esta ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirá efectos desde la vigencia del capítulo III de la Ley 23.696.
ARTICULO 3°— Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
—REGISTRADA BAJO EL N° 25.057—
ALBERTO R. PIERRI.— EDUARDO MENEM.— Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.— Mario L. Pontaquarto.
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