TELECOMUNICACIONES EDUCATIVAS
TELECOMUNICACIONES EDUCATIVAS
Ley 25.132
Declárase a la ciudad de Puerto Madryn de la Provincia de Chubut, como Capital Nacional de las Telecomunicaciones Educativas.
Sancionada: Agosto 4 de 1999.
Promulgada: Setiembre 6 de 1999.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase a la ciudad de Puerto Madryn de la Provincia de Chubut, como Capital Nacional de las Telecomunicaciones Educativas, en homenaje de reconocimiento al gestor y promotor del Plan Nacional de Telecomunicaciones Educativas, maestro Daniel REYES.
ARTICULO 2º — El Ministerio de Cultura y Educación dispondrá la colocación de una placa alusiva a lo determinado en el artículo 1º de esta ley, en la Escuela de la Costa de la Ciudad de Puerto Madryn, en la Provincia de Chubut.
ARTICULO 3º — Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán imputados a la cuenta "Rentas Generales de la Nación".
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
— REGISTRADA BAJO EL NUMERO 25.132 —
ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan C. Oyarzun.
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